MINISTERIO PUBLICO C/ ALEXIS ALEJANDRO VERGARA CORTÉS
Rol
O-7593-2019
Fecha
13 de marzo de 2020
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta comuna, dedujo acusación, en contra de ALEXIS ALEJANDRO VERGARA CORTES, cédula nacional de identidad N° 16.443.233-5, chileno, soltero, nacido en la Serena, el 22 de Enero de 1987, 33 años de edad, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Angostura N° 3.801, sector Compañía Alta, comuna de La Serena, representado por un abogado de la Defensoría Penal Pública, por la participación que en calidad de autor le atribuye en un delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, ocurridos en la comuna de La Serena, pidiendo por ello la imposición de una pena de 3 años de presidio menor en grado medio y multa de 30 unidades tributarias mensuales, más las accesorias legales de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena y comiso de la droga y dinero incautado, más las costas de la causa. Indicando en su acusación que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal. SEGUNDO: Que, la acusación del Ministerio Público se fundamenta en los siguientes hechos, reproducidos literalmente del libelo acusatorio presentado por el Ministerio Público: “Con fecha 11 de octubre de 2019, a las 19:10 horas aproximadamente, desde el inmueble ubicado en Pasaje Angostura N° 3801, Las Compañías, La Serena, el acusado, ya individualizado, vendió en la suma de $ 1.000 a un funcionario de OS7 de Carabineros, previamente designado como agente revelador, un envoltorio de papel blanco contenedor de 0.4 gramos brutos de pasta base de cocaína. El mismo día 11 de Octubre de 2019, a las 19:30 horas aproximadamente, en el inmueble ubicado en Pasaje Angostura N° 3801, Las Compañías, La Serena, el mismo acusado, poseía y guardaba a fin de traficar, en su dormitorio, en el interior de una caja de zapatillas, de color azul, marca Reebok, 56,7 gramos brutos de marihuana; y en uno de los cajones de una cómoda, sobre una hoja de papel de revista, 16.3 gramos brutos de pasta base de cocaína, además de un colador de plástico, una cuchara con restos de pasta base de cocaína, una revista y una balanza digital, todos estos elementos para la dosificación de la droga comercializada. Asimismo, el acusado, ya referido, en una segunda cómoda, mantenía la suma de KSJLXWKVRG PEDRO ALVARO ROJAS CASTRO Juez de garantía Fecha: 13/03/2020 15:38:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Ser
Fallo
se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a ALEXIS ALEJANDRO VERGARA CORTES, cédula nacional de identidad N° 16.443.233-5, ya individualizado, a sufrir una pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de TRES Unidades Tributarias Mensuales, y a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito de tráfico de pequeñas cantidades de drogas o estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 4º de la Ley 20.000, en grado consumado, perpetrado en esta ciudad el día once de octubre del año dos mil diecinueve. II.- Que, se sustituye al condenado la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA por el plazo de QUINIENTOS CUARENTA DÍAS, que es el tiempo de la pena impuesta, habiéndose efectuado el abono del día que permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa, entre los días 11 y 12 de octubre de 2019, debiendo computarse ocho horas de reclusión por cada día de privación de libertad, encierro que deberá cumplirse en el domicilio de calle Angostura N° 3.801, sector Compañía Alta, comuna de La Serena, entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. El condenado quedará sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de la comuna de La Serena mediante el sistema de monitoreo telemático a que se refiere el título III de la Ley N°18.216. Ofíciese. El sen
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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 1901.102.010-3. RIT Nº: 7.593-2019. DELITO: Tráfico ilícito de estupefacientes, artículo 4 Ley 20.000. SENTENCIADO: Alexis Alejandro Vergara Cortés. 1 La Serena, a trece de marzo del año dos mil veinte. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta co
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