NELSON HERNAN VASQUEZ ZU¥IGA C/ CRISTIAN DAVID VÁSQUEZ FLORES
Rol
O-826-2020
Fecha
12 de marzo de 2020
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: En Valdivia, el día 6 de febrero de 2020, alrededor de las 02:00 horas, la victima Nelson Vásquez Zúñiga conducía su vehículo marca Peugeot modelo 301, color gris, patente GWST.23 por Avenida Picarte en dirección al sur y al llegar a calle San Martin fue interceptado por el requerido Osvaldo David Vásquez Veloso, su tío, y otro sujeto, quienes se trasladaban en una camioneta y agredieron a la víctima con golpes de puños en diferentes partes del cuerpo. A raíz de lo anterior Nelson Vásquez Zúñiga, resulto con “herida labio superior” de carácter leve, según el facultativo del Sar Barrios Bajos de Valdivia, y que en atención al vínculo que media entre ambos, se califican de lesiones menos graves. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N°2000141793-3 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 25, 49, 60, 70, 399, 494 N°5 del Código Penal; artículos 297, 340, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 5° y 9° de la Ley 20.066, se declara: Que se condena a OSVALDO DAVID VÁSQUEZ VELOSO, Cédula de Identidad Nº12.747.830-9, nacido el día 31 de octubre de 1974, domiciliado en calle Santa Inés N°3762, población San Pedro, Valdivia, en calidad de autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 399 en relación 494 N° 5 del Código Penal y 5º de la Ley Nº 20.066, en grado de consumado, perpetrado en la ciudad de Valdivia el 6 de febrero del año 2020, a la pena de multa a beneficio fiscal, ascendente a once unidades tributarias mensuales más accesorias del artículo 9 letras b) y c) de la Ley 20.066, por el término de un año, consistente en la prohibición de aproximarse a la víctima Nelson Vásquez Zúñiga y a su domicilio ubicado en calle Omar Grenci N°3818, población San Pablo, Valdivia,
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 25, 49, 60, 70, 399, 494 N°5 del Código Penal; artículos 297, 340, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 5° y 9° de la Ley 20.066, se declara: Que se condena a OSVALDO DAVID VÁSQUEZ VELOSO, Cédula de Identidad Nº12.747.830-9, nacido el día 31 de octubre de 1974, domiciliado en calle Santa Inés N°3762, población San Pedro, Valdivia, en calidad de autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 399 en relación 494 N° 5 del Código Penal y 5º de la Ley Nº 20.066, en grado de consumado, perpetrado en la ciudad de Valdivia el 6 de febrero del año 2020, a la pena de multa a beneficio fiscal, ascendente a once unidades tributarias mensuales más accesorias del artículo 9 letras b) y c) de la Ley 20.066, por el término de un año, consistente en la prohibición de aproximarse a la víctima Nelson Vásquez Zúñiga y a su domicilio ubicado en calle Omar Grenci N°3818, población San Pablo, Valdivia, así como, a la prohibición de porte, tenencia e inscripción de armas de fuego, para lo cual, ejecutoriada que sea la sentencia, se oficiará a la Unidad Policial más cercana al domicilio de la víctima y a la Autoridad Fiscalizadora de Carabineros de Valdivia, respectivamente. En cuanto a la pena de multa, se le concede un plazo para su pago en once cuotas iguales y sucesivas de una unidad tribut
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SENTENCIA en procedimiento simplificado Valdivia, doce de marzo de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: En Valdivia, el día 6 de febrero de 2020, alrededor de las 02:00 horas, la victima Nelson Vásquez Zúñiga conducía su vehículo marca Peugeot modelo 301, color gris, patente GWST.23 por Avenida Picarte en dirección al sur y al llegar a calle San Martin fue interceptado por el reque
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