C/ CARLOS GONZALO GONZALES LLANOS
Rol
O-2226-2019
Fecha
4 de marzo de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y de derecho que expone : El día 7 de abril de 2019, alrededor de las 20.05 horas, el imputado CARLOS GONZALO GONZALES LLANOS condujo en estado de ebriedad el vehículo Placa Patente Única YB 5654, por Av. México de oriente a poniente, y a la altura del número 1053, en la comuna de Recoleta, debido a su estado de intemperancia alcohólica perdió el control del vehículo impactando al vehículo marca Fiat, modelo Palio, Placa Patente Única XR-8881, que se encontraba estacionado en la vía pública, para luego impactar al vehículo marca BMW, color negro, modelo 320, Placa Patente Única FFDW-47, que se encontraba estacionado color negro, modelo 320, Placa Patente Única FFDW-47, que se encontraba estacionado frente al número 1061 de Avda. México y finalmente debido a la energía del impacto frente al número 1061 de Avda. México y finalmente debido a la energía del impacto colisionar a la camioneta marca Nissan, modelo NP 300, color gris metálico, Placa Patente Única KLVW-30, resultando todos los vehículo con daños de consideración en sus estructuras, quedando el acusado en el asiento del conductor, siendo retenido por una de las víctimas con ayuda de terceras personas hasta la llegada de Carabineros, los que constataron la ebriedad del imputado, debido a su fuerte hálito alcohólico, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar y rostro congestionado. El examen de alcoholemia practicado al acusado arrojó que se desempeñaba en la conducción del referido vehículo con 1.12 Grs. de alcohol por mil de sangre. LJHMXWTLXN JUDITH ELENA GUZMAN MARTINEZ Juez de garantía Fecha: 16/03/2020 10:18:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O c
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3º, 5º, 11n 9 ,14 n° 1, 15 n° 1, 18, 21, 30, 50, 68 bis Código Penal; en los artículos 1º, 2º, 4º, 45, 406. siguientes del Código Procesal Penal; y art 196 y 209 ley 18.290 , art 7 y siguientes de la ley 18216 SE DECLARA: I.- Que el acusado es culpable de la acusación formulada por el Ministerio Público, y en consecuencia, se condena al acusado CARLOS GONZALO GONZALES LLANOS ya individualizado en calidad de autor y en grado de consumado del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños sin haber obtenido licencia de conducir y con licencia de conducir suspendida, previstos en los art 196 y 209 de la ley 18.290 a la pena única de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO. Y a la sanción accesoria del artículo 30 del código penal de inhabilitación absoluta perpetua para derecho políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena - II.- Que además se le impone la prohibición de obtener licencia de conducir por el termino de CINCO AÑOS, desde la ejecutoria de la sentencia . Debiendo oficiarse al Registro Nacional de Conductores del Registro Civil al efecto. III.- Que también se le aplica la pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL que deberá cancelar dentro del plazo de los cinco últimos días de marzo, a contar de la fecha de ejecutoria de esta sentencia IV.- Que reuniendo el
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Poder Judicial SANTIAGO CUATRO DEMARZO DE DOS MIL VEINTE VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Santiago EL fiscal adjunto PAULO CÉSAR RAMÍREZ PALOMINO, Fiscal Adjunto del Ministerio Público, Fiscalía Centro Norte domiciliado en Pedro Montt Nº 1606, 6º piso, ha presentado acusación en procedimiento abreviado en la causa criminal en contr
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