Juzgado de Garantía de Chillán.

ROXANA MARLENE BELTRAN RUIZ C/ CRISTIAN CLAUDIO MANCILLA ROA

Rol

O-9669-2019

Fecha

9 de marzo de 2020

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS El día 15/05/2019, a las 21 horas aproximadamente , la victima Roxana Marlene Beltrán Ruiz llegó a su domicilio ubicado en Pasaje Miño 1588 Villa Los volcanes 3 , Chillan , percatándose que al interior se encontraba su ex conviviente, la víctima, Claudia Andrea Manríquez Venegas, quien procedió a tomarla de la chaqueta l manifestándole de forma seria y verosímil “ Te voy a cagar a Ti y tu familia y voy por los tuyos” para luego agredirla con golpes a mano abierta en la cara, logrando zafarse la victima huyendo del lugar A raíz de lo anterior, la víctima resultó con traumatismo superficial de otras partes de la cabeza y contusión de la rodilla, de carácter leve, según D.A.U. del Hospital Clínico Herminda Martin DELITO Lesiones menos graves en V.I.F. PARTICIPACIÓN Autor GRADO EJECUCION Consumado CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES 11 N°9 DEL C.P. AGRAVANTES NO RENUNCIA A PLAZOS Y RECURSOS LEGALES HEXJXWPPNC Carlos Antonio Benavente Garcia Juez de garantía Fecha: 13/03/2020 11:45:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl DEJA SIN EFECTO MEDIDAS CAUTELARES No hay. OBSERVACIONES: “Todo lo actuado, fundamentado y resuelto en la presente audiencia, se encuentra íntegramente registrado en el correspondiente sistema de audio, único instrumento válido de conservación y registro de audiencia al tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del Código Procesal Penal”. COPIA DE AUDIENCIA A: Fiscal: F.B.R. Defensa: A.G.S. SENTENCIA Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra r

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los arts. 1, 11 N°9, 15 Nº1, 18, 25, 60, 70, 399, 494 N°5 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal y Ley N° 20.066; SE DECLARA: I.- Que se CONDENA sin costas a CRISTIAN CLAUDIO MANCILLA ROA, RUT N°13.477.699-4, ya individualizado en lo demás, en su calidad de autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, hecho ocurrido en esta ciudad, el 15 de mayo de 2019, en perjuicio de Roxana Marlene Beltrán Ruiz, a sufrir el pago de una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que deberá pagar en pesos en el equivalente que tenga la referida unidad al momento de su solución, autorizándose su pago dentro de los próximo treinta días. El no pago de la primera parcialidad hará exigible el total de la multa impuesta. Si el condenado no tiene bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución o apremio, la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de UTM a que ha sido condenado, sin abonos toda vez que no consta que haya estado privada de libertad por motivo de esta causa. II.- Que se le condena además, a la prohibición de aproximarse a la persona de la víctima doña Roxana Marlene Beltrán Ruiz, a su domicilio ubicado en Pasaje Miño 1588, Villa Los volcanes 3, Chillan, lugar de trabajo, de estudios o donde quiera que éste se encuentre, comunicándose a la TENENCIA DE CARABINEROS CHILLAN ORIENTE. Ejecutoriada esta sente

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JUICIO ORAL SIMPLIFICADO CON ADMISION DE RESPONSABILIDAD Fecha Chillán, 09 de marzo de 2020.- Ruc N° 1900527677-5 Rit N° 9669-2019 Magistrado: CARLOS ANTONIO BENAVENTE GARCÍA. Fiscal: EDUARDO PLANCK MUÑOZ Defensor: RODOLFO AGUAYO ALARCON Hora de inicio: 12.11 HORAS Hora de término: 12:23 HORAS N° de registro de audio: 1900527677-5-1072 Administrativo de actas: CARMEN GLORIA SUAZO PARDO Sala de au

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