Juzgado de Letras y Garantía de Caldera.

MP C/ MARCO ANTONIO RAMÍREZ VALDÉS

Rol

O-161-2019

Fecha

11 de marzo de 2020

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “Los días 14 y 15 de febrero de 2019, funcionarios del grupo especializado MT0 de la Policía de Investigaciones de Copiapó, en cumplimiento de una orden de investigar emitida por la Fiscalía Local de Caldera, efectuaron vigilancia en el inmueble ubicado en calle Vallenar N°810 de esta comuna, con miras a dilucidar si en aquella vivienda se estaría comercializando drogas. Con motivo de tales vigilancias, los funcionarios policiales pudieron apreciar que en el domicilio referido concurrieron diversas personas, quienes permanecían un breve lapso de tiempo en el lugar y efectuaban un intercambio de manos con el imputado Marco Antonio Ramírez Valdés, quien permaneció en el frontis de la vivienda, al interior de dos vehículos que mantenía estacionados en el mismo lugar. Con tales antecedentes, el día 20 de febrero de 2019, el Fiscal de la comuna de Caldera solicitó a la Juez de turno del Juzgado de Garantía de la misma ciudad, autorización para la práctica de una entrada y registro, la cual fue concedida para llevarse a cabo el día 20 de febrero de 2019, entre las 15 y 20 horas. Así, siendo las 19:20 horas, funcionarios de la Policía de Investigaciones, ingresaron al inmueble ubicado en calle Vallenar N°801, sorprendiendo en el lugar a los imputados Alexis Andrés Ramírez Valdés y Marco Antonio Ramírez Valdés, poseyendo un paquete ovalado de polietileno transparente, otros cuatro de polietileno transparente subdividido en seis partes y uno de polietileno anaranjado en cuatro partes, todos contenedores de una sustancia vegetal de color verde, la que fue sometida a una prueba de campo y arrojó coloración positiva ante la presencia de tetrahidrocannabinol, con un peso bruto de 357,80 gramos. Asimismo, se halló una balanza digital para la dosificación de aquella sustancia, junto con $14.000 pesos en dinero en efectivo provenientes del comercio ilícito, y un teléfono celular marca Samsung modelo S9. Luego, la sustancia ilícita fue llevada por la Policía de Investigacio

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a MARCO ANTONIO RAMÍREZ VALDÉS, R.U.N. 18.138.400-k, ya individualizado, a sufrir la pena de UN (1) AÑO DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO NYJXXWJXFB Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 13/03/2020 10:49:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl MÍNIMO, más la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, a la PENA DE MULTA DE DIEZ (10) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a la toma de muestra para la INCORPORACIÓN DE LA HUELLA GENÉTICA conforme lo dispone el artículo 17 de la Ley 19.970, como AUTOR del delito de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido en la comuna de Caldera el día 20 de febrero de 2019; eximiéndosele del pago de las costas de la causa. II. Que cumpliéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 8° de la

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Caldera, once de marzo de dos mil veinte. TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADO: ROBERTO PABLO LIZANA MORA RUC: 1900196353-0 RIT: 161 - 2019 IMPUTADO: MARCO ANTONIO RAMÍREZ VALDÉS R.U.N. 18.138.400-k FECHA DE NACIMIENTO 10-05-1992 DIRECCIÓN Calle Vallenar N°810 COMUNA: Caldera. DELITO - Tráfico de sustancias estupe

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica