4A COMISARÍA CARABINEROS VICTORIA C/ ROMÁN MAURICIO MALDONADO HENRÍQUEZ
Rol
O-1303-2018
Fecha
25 de febrero de 2020
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en audiencia de control de detención de fecha veintiocho de diciembre de dos mil dieciocho, Camila Cabrera Migules, Fiscal Asistente de la Fiscalía Local de VICTORIA, domiciliada en esta ciudad, CALLE GOROSTIAGA Nº 435 dedujo requerimiento verbal en procedimiento simplificado en contra de don ROMÁN MAURICIO MALDONADO HENRÍQUEZ, C.I 13.530.104-3, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Alonso de Ercilla N° 1085, Pobl. El Rosario ; COPIAPO; Maule; en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que indica En cuanto a los hechosel imputado fue detenido el día de ayer en horas de la noche 27 de diciembre del año 2018 a las 20:00 horas aproximadamente toda vez que momento antes de su detención personal policial recibió un llamado telefónico por parte del guardia del supermercado ACUENTA solicitando su presencia en dicho supermercado una vez en el lugar se entrevistan con el guardia manifestando este que le habría llamado la atención el imputado toda vez que se habría encontrado abriendo una botella de whisky de dicho supermercado este habría salido al exterior, una vez en el exterior había mantenido una discusión con el guardia de seguridad y le da una patada a una piscina que se encontraba de exhibición en dicho estacionamiento y le habría causado daño en su estructura Metálica quebrándola causando daño avaluados en $49.000.; razón por la cual lo toman detenido en ese momento entregándoselo a carabineros . El Ministerio público califica tales hechos como constitutivos del delito de daños simples, art. 487 Código Penal. XXHFXWHXTB Daniel Eduardo Ortiz Perez Juez de garantía Fecha: 13/03/2020 11:11:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 El grado de desarrollo es consumado y al requerido le ha cabido participación en calidad de autor ejecutor directo. No indica circunstancias modificatorias de responsabilidad penal Solicita la Fiscalía se imponga al requerido la pena 540 días de reclusión menor en su grado mínimo, accesorias legales y costas. En el evento de que el imputado admita responsabilidad en los hechos materia del requerimiento el Ministerio Público rebaja su pretensión punitiva a la de multa un tercio de unidad tributaria mensual. SEGUNDO: Que los antecedentes en que el Ministerio público fundamenta su requerimiento son los siguientes 1.- parte policial de la 4 comisaria de victoria. 2.- lo consignado por los funcionarios aprehensores. 3.- declaración voluntaria de la víctima. 4.- set de fotografía. 5.- acta de constatación de daños. 6.- acta de entrega de detenido por civiles. 7.- copia autorizada de la sentencia ruc 1500252752-6 de tribunal de garantía de la Ligua, rit 455-2015, ruc-1401244901-2 rit 8334-2015 de Talca, ruc- 1800273825-9 rit 678-2018 Quillota, ruc- 1800239723-0 rit 2535-2018 de viña del mar. 8.- extracto de filiación. TERCERO: Que habiéndose realizado al imputado la advertencia contemplada en el artículo 395 del Código Procesal Penal, se preguntó al imputado si admitía responsabilidad en los hechos materia del requeri
Fallo
SE DECLARA: XXHFXWHXTB Daniel Eduardo Ortiz Perez Juez de garantía Fecha: 13/03/2020 11:11:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4 I. Que se condena a don, ya individualizado, como autor del delito, de DAÑOS SIMPLES, prescrito y sancionado en el artículo 487 DEL Código Penal, consumado, cometido el día 27 de diciembre de 2018 , en la comuna de Victoria, a sufrir la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual. II. Que, en atención, a que el sentenciado a permanecido tres días privados de libertad por razón de este procedimiento, se tiene por cumplida la pena de multa impuesta III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Que los intervinientes, incluido el sentenciado, se entienden notificados en este acto Se decreta el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad Ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación para los fines que fueren pertinentes., una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese y archívese en su opo
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1 RUC Nº 1801285256-4 RIT 1303-2018 DELITO: DAÑOS SIMPLES ART. 487 CÓDIGO PENAL IMPUTADO: ROMÁN MAURICIO MALDONADO HENRÍQUEZ Victoria, veinticinco de febrero de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en audiencia de control de detención de fecha veintiocho de diciembre de dos mil dieciocho, Camila Cabrera Migules, Fiscal Asistente de la Fiscalía Local de VICTORIA, domiciliada en
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