Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ NATALIA PAOLA TOLOSA CÁRCAMO

Rol

O-3230-2019

Fecha

12 de marzo de 2020

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de DIEGO FERNANDO JERIA AMPUERO, Cédula de Identidad N° 15.967.668-4, domiciliado en Block A 400, depto. 201, Troncos Viejos, Villa Alemana se resuelve en virtud de los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: Que el día 24 de noviembre de 2019 cerca de las 21.15 horas mientras la víctima Pedro Silva Ibarra se encontraba en su lugar de trabajo local comercial “ Sándwich master”, ubicado en Avda. Valparaíso 1112 Villa Alemana, sostuvo una discusión con la imputada Natalia Tolosa Cárcamo quien ingreso al local y comenzó a increpar a la víctima y lo agrede con un elemento corto punzante ocasionándole una lesión en la mano derecho aproximadamente de 4 cms de largo superficial sin sangrado de carácter leve. Luego la imputada se retira del local y posteriormente vuelve en compañía del imputado Diego Jeria Ampuero y junto comienzan a amenazar de muerte a la víctima, gritándole que lo matarían además de lanzar piedras al local comercial quebrando dos vidrios de este, daños evaluados en la suma de $100.000.-” Los hechos antes descritos respecto del imputado Diego Jeria configuran los delitos de amenazas y daños simples. En grado de consumado y en calidad de autor.-

Fallo

se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: Que el día 24 de noviembre de 2019 cerca de las 21.15 horas mientras la víctima Pedro Silva Ibarra se encontraba en su lugar de trabajo local comercial “ Sándwich master”, ubicado en Avda. Valparaíso 1112 Villa Alemana, sostuvo una discusión con la imputada Natalia Tolosa Cárcamo quien ingreso al local y comenzó a increpar a la víctima y lo agrede con un elemento corto punzante ocasionándole una lesión en la mano derecho aproximadamente de 4 cms de largo superficial sin sangrado de carácter leve. Luego la imputada se retira del local y posteriormente vuelve en compañía del imputado Diego Jeria Ampuero y junto comienzan a amenazar de muerte a la víctima, gritándole que lo matarían además de lanzar piedras al local comercial quebrando dos vidrios de este, daños evaluados en la suma de $100.000.-” Los hechos antes descritos respecto del imputado Diego Jeria configuran los delitos de amenazas y daños simples. En grado de consumado y en calidad de autor.- Se resuelve: Que no habiéndose rendido prueba por parte de la fiscalía, el Tribunal no tiene los antecedentes para arribar a una condena, en la medida que no se ha XXJXXWHRXG Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 13/03/2020 15:45:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corre

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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, doce de marzo de dos mil veinte. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de DIEGO FERNANDO JERIA AMPUERO, Cédula de Identidad N° 15.967.668-4, domiciliado en Block A 400, depto. 201, Troncos Viejos, Villa Alemana se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho

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