Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir.

MP/DPP C/ JORGE ULISES MILLÁN SUBIABRE

Rol

O-232-2018

Fecha

10 de marzo de 2020

Materia

NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos que se dieron por establecidos, citas legales y la parte resolutiva de la sentencia dictada en forma verbal en audiencia celebrada con esta fecha, la que se encuentra en el audio respectivo, el cual constituye el registro íntegro de la misma. SENTENCIADO: Jorge Millán Subiabre, cédula nacional de identidad N° 17.236.315-6, domiciliado en Calle Pedro Silva N°0180, Porvenir. HECHOS ESTABLECIDOS: “Que la madrugada del 1 de mayo de 2018, aproximadamente a las 05:00 horas, en circunstancias que el imputado don Jorge Ulises Millán Subiabre, ya individualizada, conducía el vehículo marca Toyota, modelo beat 990, ppu CXDH 85, por calle Croacia, en la ciudad de Porvenir, acompañado de amigos NXGXXVQDVX Pablo Audilio Aceituno Romero Juez de garantía Fecha: 12/03/2020 13:30:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 4 y específicamente de la víctima don Juan Ruiz Calbún, cuando al llegar a la altura de la numeración 395 de dicha calle perdió el control del móvil impactando con una reja de cierre perimetral ubicada en dicha numeración, luego de lo cual abandonó el vehículo en dirección desconocida no dando cuenta a la autoridad de dicho accidente como tampoco sin prestar la ayuda necesaria a sus acompañantes y específicamente a su amigo don Juan Ruiz Calbún, quien resultó con lesiones de carácter leve consistentes en herida de 3 a 4 cm. en región maxilar hacia nasal, de 1 cm de profundidad, desgarro nasal sin hematoma septal, lesiones de carácter leve y no dando cuenta a la autoridad sin prestar la ayuda necesar

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. Ejecutoriada la presente sentencia, regístrese, dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal; hecho, archívese. RUC 1800425599-9 RIT 232-2018 PRONUNCIADA EN AUDIENCIA POR PABLO ACEITUNO ROMERO, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PORVENIR. NXGXXVQDVX Pablo Audilio Aceituno Romero Juez de garantía Fecha: 12/03/2020 13:30:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-03-12T13:30:11-0300 Corte Suprema Pablo Audilio Aceituno Romero Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además, lo previsto en los artículos 406 y 407 y demás pertinentes del Código Procesal Penal y artículos 1, 2, 3, 15 N°1, 70 y demás pertinentes del Código Penal, artículos 168, 176 y 195 de la Ley 18.290 y artículos 1, 2, 8 y siguientes de la Ley 18.216: SE RESUELVE: I.- Que se condena a don Jorge Ulises Millán Subiabre, cédula nacional de identidad N° 17.236.315-6, como autor del delito de No dar cuenta de accidente de tránsito, causando daños y lesiones, a la pena de 61 días de presidio NXGXXVQDVX Pablo Audilio Aceituno Romero Juez de garantía Fecha: 12/03/2020 13:30:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 3 de 4 menor en su grado mínimo, multa de 2 (dos) Unidades Tributarias Mensuales, inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, de conformidad con el artículo 30 del Código Penal por el hecho acontecido el día 1 de mayo de 2018, en la comuna de Porvenir. II.- Que en lo que se refiere a l

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Página 1 de 4 RIT: 232-2018 RUC: 1800425599-9 DELITO: NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITO CAUSANDO DAÑOS Y LESIONES IMPUTADO: JORGE MILLAN SUBIABRE F. INGRESO: 27/07/2018 F. TERMINO: 10/03/2020 EXTRACTO DE SENTENCIA PRONUNCIADA EN AUDIENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Porvenir, diez de marzo de dos mil veinte. Al tenor de lo previsto en el artículo 406 del Código Procesal Penal y artículo 4º del A

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