Juzgado de Garantía de Parral.

JOSE ORMEÑO SEPULVEDA C/ JONATHAN ANDRÉS LARA CARRILLO

Rol

O-879-2018

Fecha

10 de marzo de 2020

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS ACREDITADOS: “El día 28 de julio de 2018, en horas de la madrugada, el imputado JONATHAN LARA CARRILLO, en conjunto con sujetos desconocidos, ingresaron al supermercado el Rey Ormeño, ubicado en Delicias Sur 398, de la comuna de Parral, mediante fuerza consistente en la rotura en la parte baja de una puerta de metal secundaria para el ingreso al supermercado, sustrayendo desde el interior con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño José Ormeño Sepúlveda, las siguientes especies: 01 mochila de color negro, marca Samsonite, 03 llaves marca Odis, 01 pendrive con la leyenda bci, 01 pendrive con la leyenda entrust, 01 pendrive con signo de banco estado, 01 pendrive con la leyenda bbva, 01 pendrive de color azul, 01 tarjeta SII a nombre de inmobiliaria Sandra Parada Campos EIRL, 01 tarjera rol único tributario de distribuidora el Rey Ormeño Limitada, Nro. 76.171.260-8, 01 chequera del Banco Scotiabank, a nombre de Manuel Ormeño Y Cía. Ltda. con 33 cheques, 35 cheques de diferentes entidades bancarias, 01 billete del banco central de la república argentina serie 51792994A, un millón de pesos, además de cigarrillos, especies avaluadas en la suma de $5.000.000.- huyendo del lugar con las especies sustraídas, siendo sorprendido el imputado Jonathan Lara Carrillo a las 11:40 horas, en la Calle Juan Pablo II, esquina Pasaje 10, Población Don Pablo, Parral, portando en una mochila parte de las cosas sustraídas, 03 llaves marca Odis, 05 pendrive electrónicos de diferentes entidades bancarias, 01 tarjeta servicio impuestos internos, 01 tarjeta rol único tributario, 01 chequera Banco Scotiabank a nombre de Manuel Ormeño con la cantidad de 33 cheques y 35 cheques sueltos de diferentes bancos y cuentas, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito”. PARRAL, diez de marzo de dos mil veinte. TZNHXVETQD Marcial Taborga Collao Juez de garantía Fecha: 11/03/2020 13:33:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFIC

Fallo

se declara: I.- Que SE CONDENA a JONATHAN ANDRÉS LARA CARRILLO, ya individualizado, como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en la comuna de Parral el día 28 de julio de 2018, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Que la pena corporal así como la pena de multa se tendrán por cumplidas atendido el mayor tiempo que ha pasado privado de libertad en una causa diversa RIT 1219-2019, en prisión preventiva entre el 10/07/2019 y 24/01/2020, causa en la que finalmente fue absuelto conforme sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Linares de fecha 11/02/2020, sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada conforme certificado de 11/02/2020 expedido por Juzgado de Garantía de San Javier. III.- Atendida su admisión de responsabilidad en esta audiencia, habiéndole ahorrado al Estado la realización de un juicio oral y público, se exime del pago de las costas. Ejecutoriada que sea esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, ordenándose la remisión de los antecedentes al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Parral para el cumplimiento de la pena sustitutiva. Anótese, r

Texto Completo (Preview)

RUC N° : 1800731129-6 RIT N° : 879 - 2018 PROCEDIMIENTO : Simplificado DELITO : Receptación. GRADO EJECUCIÓN : Consumado IMPUTADO : JONATHAN ANDRÉS LARA CARRILLO. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0017540861-4 DOMICILIO : Sector Lan C, Vilcun Nº 464, Hualpen. PARTICIPACIÓN : Autor (Art. 15 N° 1 Código Penal). CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9. AGRAVANTES : no FISCAL : ÁLVARO IGNACIO MUÑ

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica