FREDDY JOSE URDANATE GRACIEL C/ GINO BYRON NICOLÁS BRAVO MEDINA
Rol
O-2759-2019
Fecha
11 de marzo de 2020
Materia
MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR, ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos el día 12 de abril de 2019 hasta el día de hoy ininterrumpidamente. IV.- Que se libera en costas al sentenciado. V.- Que por haber sido condenado GINO BYRON NICOLÁS BRAVO MEDINA por el delito de robo con intimidación cúmplase con lo dispuesto en el artículo 17 y siguientes de la Ley 19.970 y su Reglamento, debiendo procederse por Gendarmería de Chile a coordinar la toma de muestras biológicas al sentenciado y enviarlas al Servicio Médico Legal para determinación de su huella genética y remitirla por dicho Servicio al Registro de Condenados del Servicio de Registro Civil e Identificación. XXJLXVXXJN SERGIO ENRIQUE PADILLA FARIAS Juez de garantía Fecha: 12/03/2020 12:29:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Regístrese y archívese en su oportunidad. Dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. XXJLXVXXJN SERGIO ENRIQUE PADILLA FARIAS Juez de garantía Fecha: 12/03/2020 12:29:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-03-12T
Fallo
se declara: I.- Que se condena al acusado GINO BYRON NICOLÁS BRAVO MEDINA, ya individualizado, a sufrir las siguientes penas de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, por su participación en calidad de autor del delito de robo con intimidación, perpetrado el día 12 de abril de 2019, en perjuicio de Freddy Urdaneta Graciel en la comuna de Estación Central. II.- Que se condena al acusado GINO BYRON NICOLÁS BRAVO MEDINA, ya individualizado, a sufrir las siguientes penas de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su participación en calidad de autor del delito de maltrato de obra a Carabineros en servicio, causando lesiones leves, el día el día 12 de abril de 2019, al funcionario Ignacio Molina Martínez, en la comuna de Estación Central. III.- Que las penas privativas de libertad, esto es, tres (3) años y un (1) día y cuarenta y un (41) días, debe cumplirla de manera efectiva, por no tener derecho a pena sustitutiva y sirviéndole de abono el tiempo que ha estado privado de libertad, desde el día de los hechos el día 12 de abril de 2019 hasta el día de hoy ininterrumpidamente. IV.- Que se libera en costas al sentenciado. V.- Que por haber sido condenado GINO BYRON NICOLÁS BRAVO MEDINA por el
Texto Completo (Preview)
Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, once de marzo de dos mil veinte. Procedimiento Abreviado R.U.C. 1900394030-9 R.I.T. 2759 - 2019 JUEZ SERGIO ENRIQUE PADILLA FARIAS FISCAL MARÍA ALEJANDRA BRAVO FIGUEROA DEFENSOR IAN MARCELO VIDEKA CARREÑ
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