2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CASTILLO/FOOD & TRANS SERVICE SPA

Rol

O-8112-2019

Fecha

5 de agosto de 2020

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Fuero maternal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos controvertidos sustanciales y pertinentes prescinde de recibir la causa a prueba. Causa para fallo inmediato. CUARTO: Conforme lo dispone el artículo 453 inciso 7 del Código del Trabajo se tendrá por tácitamente admitido por el demandado los siguientes hechos: 1.- Que la demandante prestó servicios bajo subordinación y dependencia para al demandada desde el 1 de marzo de 2018 para desempeñarse como ayudante multifuncional. 2.- Su remuneración ascendió a $371.000. 3.- Con fecha 11 de noviembre de 2019 pone término a la relación laboral mediante la figura del despido indirecto a través de carta que cumplió con las formalidades legales. 4.- La demandada no pagó las cotizaciones de seguridad social en AFP PLANVITAL los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre de 2018, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2019. b. En FONASA: los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre de 2018, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2019. c. AFC CHILE los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre de 2018, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2019. 5.- La demandada no ha pagado la remuneración íntegra del mes de septiembre de 2019 y adeuda la remuneración completa del mes de octubre de 2019 y noviembre de 2019, adeuda las remuneraciones de junio, julio y agosto. 6.- Al momento del término de la relación laboral la demandada adeuda feriado legal y proporcional. Conforme lo expuesto y dada la gravedad de los incumplimientos se dará lugar a la demanda como a la nulidad del despido solicitado. Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 160 N°7, 171, 453 y siguientes del Código del Trabajo se resuelve: I.- Se acoge la demanda interpuesta por Rina Castillo en contra de FOOD&TRANS SERVICE SPA y se declara que la demandada ha incurrido en la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo por lo que deberá pagar las

Fallo

fallo inmediato. CUARTO: Conforme lo dispone el artículo 453 inciso 7 del Código del Trabajo se tendrá por tácitamente admitido por el demandado los siguientes hechos: 1.- Que la demandante prestó servicios bajo subordinación y dependencia para al demandada desde el 1 de marzo de 2018 para desempeñarse como ayudante multifuncional. 2.- Su remuneración ascendió a $371.000. 3.- Con fecha 11 de noviembre de 2019 pone término a la relación laboral mediante la figura del despido indirecto a través de carta que cumplió con las formalidades legales. 4.- La demandada no pagó las cotizaciones de seguridad social en AFP PLANVITAL los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre de 2018, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2019. b. En FONASA: los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre de 2018, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2019. c. AFC CHILE los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre de 2018, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2019. 5.- La demandada no ha pagado la remuneración íntegra del mes de septiembre de 2019 y adeuda la remuneración completa del mes de octubre de 2019 y noviembre de 2019, adeuda las remuneraciones de junio, julio y agosto. 6.- Al momento del término de la relación laboral la demandada adeuda feriado legal y proporcional. Conforme lo expuesto y dada la gravedad de los incumplimientos se d

Texto Completo (Preview)

Santiago a cinco de agosto de dos mil veinte PRIMERO: Que ha comparecido RINA CAROLINA CASTILLO FAVELO cédula de identidad 26.512.238-8 domiciliada en Montau 1509 Independencia e interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido indirecto, nulidad de despido y cobro de prestaciones en contra de FOOD&TRANS SERVICE SPA RUT76.450.924-2 representada legalmente por Mauricio Tapia céd

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica