M.P.COQBO C/ RAMÓN ANTONIO ROJAS NÚÑEZ
Rol
O-5477-2019
Fecha
10 de marzo de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 01 de noviembre de 2019, a las 07:45 horas aproximadamente, el acusado RAMON ANTONIO ROJAS NUÑEZ; con el ánimo de sustraer especies, escaló la reja principal del supermercado Unimarc ubicado en calle Los Álamos 580, Sindempart, Coquimbo, para luego ingresar por un forado de 60x 60 centímetros y sustraer desde el interior diversas especies de juegos y librería como 01 teléfono fijo marca Motorola, 01 juego de luces de navidad, 01 caja de tiza, 01 juego de play, 01 set de maquillaje, 01 pelota de fútbol, 01 set de juegos de animales y 01 linterna marca Nagashimm, no logrando su cometido al ser sorprendido por personal de carabineros. (sic) Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 n° 9, 14, 15 nº 1, 25, 26, 30, 50, 432, 442 nº 1 y 449 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y siguientes de la Ley n° 18.216, se declara: I.- Que, se condena a RAMÓN ANTONIO ROJAS NÚÑEZ, cédula de identidad Nº20.007.522-6, ya individualizado, en su calidad de autor del delito frustrado de robo con fuerza en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 nº 1 del Código Penal, ilicito perpetrado el dia 01 de noviembre del año 2019, en la comuna de Coquimbo, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS de prisión en su grado máximo, más accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley n° 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la comuna de Vallenar, por el término de 01 año debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada Ley. El sentenciado deberá presentarse al C
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a RAMÓN ANTONIO ROJAS NÚÑEZ, cédula de identidad Nº20.007.522-6, ya individualizado, en su calidad de autor del delito frustrado de robo con fuerza en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 nº 1 del Código Penal, ilicito perpetrado el dia 01 de noviembre del año 2019, en la comuna de Coquimbo, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS de prisión en su grado máximo, más accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley n° 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la comuna de Vallenar, por el término de 01 año debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada Ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del plazo de cinco días, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta HVGFXXSXXT Roberto Javier Gahona Rojas Juez de garantía Fecha: 10/03/2020 18:33:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de sept
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. LUGAR Y FECHA: Coquimbo, diez de marzo de dos mil veinte. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE COQUIMBO MAGISTRADO: ROBERTO GAHONA ROJAS. RUC: 1901175861-7 RIT: 5477-2019 IMPUTADO: RAMÓN ANTONIO ROJAS NÚÑEZ RUN 20.007.522-6 FECHA DE NAC. 10-12-199 DIRECCIÓN Calle Faez n° 1710, Población Quinta Valle. (Centro Fuerza Joven) COMUNA Vallenar D
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