CORPORACION DE DESARROLLO COMUNITARIO SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA/MOSQUEIRA
Rol
I-13-2020
Fecha
5 de agosto de 2020
Materia
Art. 12 C. del T.(Ius Variandi), Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y circunstancias.” En la audiencia de hoy, las partes hicieron observaciones a la prueba rendida, las que se han tenido presentes al momento de redactar esta sentencia. Quinto: Medios de prueba aportados por la parte demandante. La parte reclamante incorporó los siguientes documentos: 1) Acta de fiscalización de la Inspección Comunal del Trabajo de San Vicente de Tagua Tagua. 2) Resolución 179 -2020, de 9 de abril de 2020, de la Inspección Comunal del Trabajo de San Vicente de Tagua Tagua. 3) Correo electrónico de doña Gabriela Miranda Quinteros, Inspectora Comunal del Trabajo, a doña Lorena Cabria Maldonado, de fecha 21 de abril de 2020 que, en atención a la contingencia nacional, notifica la resolución N°179-2020. 4) Contrato de trabajo de fecha 3 de marzo de 2014. 5) Carta de doña Patricia Mosqueira Morales a doña Lorena Cabria Maldonado, recibida el 7 de octubre de 2014. 6) Anexo de contrato de trabajo de doña Patricia Eugenia Mosqueira Morales, de 1 de marzo de 2019. 7) Carta de 17 de enero de 2020 de doña Lorena Cabria Maldonado a doña Patricia Eugenia Mosqueira Morales, en la que comunica destinación a Centro Educacional Requegua. 8) Perfil de cargo de Encargado de Convivencia Escolar de la Corporación de Desarrollo de la comuna de San Vicente. 9) Circular 2 del 13 de marzo de 2014 del Superintendente de Educación Escolar, haciéndose mención solo de la página 64 y 65 del documento. 10) Ordinario 476 de 29 de noviembre de 2013 del Superintendente de Educación Escolar a los sostenedores de establecimientos educacionales. 11) Organigrama actualizado de la Corporación de Desarrollo de la comuna de San Vicente. 12) Liquidaciones de sueldo de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019 y enero y febrero de 2020 de doña Patricia Mosqueira Morales, donde constan sus remuneraciones y asignaciones previas a la destinación reclamada y luego las liquidaciones de sueldo de marzo, abril y mayo de 2020, donde constan sus remuneraciones y asignacio
Fundamentos
considerando la contingencia sanitaria actual del país. Además, la parte reclamada de la Inspección del Trabajo señala que no tiene objeción a la presentación de la prueba testimonial de la parte reclamante por el modo video conferencia. MEDIOS DE PRUEBA: INCORPORA LA PARTE DEMANDANTE: Testimonial: 1. Patricia Elizabeth Cuevas Gutiérrez, CI. N° 11.673.307-2, Profesora General básica, domiciliada en Calle Monseñor Enrique Alvear N°1120, Villa Nápoles, San Vicente Tagua Tagua. 2. Isabel Carolina Espinoza Atenas, CI. N° 13.504.663-9, Profesora encargada del Centro Educacional de Requegua, domiciliada en Requegua, paradero N°4, Julio Correa N°180, San Vicente Tagua Tagua. OBSERVACIONES A LA PRUEBA Las partes hacen uso en estrado de su derecho a formular observaciones a la prueba DICTACIÓN DE SENTENCIA. San Vicente de Tagua Tagua, cinco de agosto de dos mil veinte. Visto, oídos y considerando: Primero: Individualización de las partes y síntesis del reclamo y sus fundamentos. Ha comparecido don José Daniel Piña González, abogado, en representación de Corporación de Desarrollo de la comuna de San Vicente, ambos domiciliados en Arturo Prat 821, segundo piso, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, interponiendo reclamación judicial prevista en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de San Vicente de Tagua Tagua, representada por doña Gabriela Miranda Quinteros, funcionaria pública, domiciliada en Carmen Gallegos 303, piso 2, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, y en contra de en contra de doña Patricia Eugenia Mosqueira Morales, profesora, domiciliada en Los Altillos 803, Paradero 18 de Requegua, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, respecto de la Resolución 179, de 9 de abril de 2020, que acogió el reclamo presentado por esta última y ordenó dejar sin efecto su cambio de funciones y destinación, solicitando que deje sin efecto la resolución reclamada y, en su lugar, declare que el traslado dispuesto para la trabajadora se encuentra ajustado a la ley. Refiere que doña Patricia Mosqueira ingresó a trabajar para su representada en 1981 como Profesora de Educación Básica, desempeñándose durante estos años en diversos establecimientos educacionales de San Vicente, pasando en el año 2014 a desempeñar funciones administrativas, hasta que, el 1 de marzo de 2019 y por el término de un año, se le designó para desempeñarse como “Encargada Comunal de Convivencia Escolar”. Señala que su representada estimó necesario un nuevo “Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica, Encargado de Convivencia Escolar, Encargado de Salud, Encargado CRA (Biblioteca) y Encargado de Seguridad en el Centro Educacional Requegua”, por las condiciones que presentaba dicho establecimiento, determinándose la eliminación del cargo de “Encargado(a) Comunal de Convivencia Escolar”, por estimar que éste no resultaba necesario para el correcto funcionamiento del sistema escolar municipal, ni se trata de un cargo establecido por la ley ni las instrucciones del Ministerio de Educación. I
Fallo
se declara que: SE RECHAZA EL RECLAMO de la Corporación de Desarrollo de San Vicente en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de San Vicente y de doña Patricia Eugenia Mosqueira Morales, respecto de la resolución 179-2020, de 9 de abril de 2020. SE CONDENA EN COSTAS al reclamante, fijándose las costas personales, prudencialmente, en la suma de total de $600.000 (seiscientos mil pesos), dividida en $300.000 (trescientos mil pesos) para cada reclamada. No existen costas procesales que tasar. Regístrese y archívense los antecedentes, en su oportunidad. Las partes presentes en la audiencia se entienden notificadas de todo lo obrado en ella por el solo hecho de haber concurrido a la misma, sin perjuicio, notifíquese a las partes a través de sus abogados, vía correo electrónico. Siendo las 13:37 horas, se pone término a la audiencia dirigida por FELIPE CANCINO CONCHA, Juez Interino del Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua. RIT: I-13-2020 RUC: 20-4-0267555-2 Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua, cinco de agosto de dos mil veinte.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO MODALIDAD VIDEO CONFERENCIA FECHA 05 de agosto de 2020 RUC 20-4-0267555-2 RIT I-13-2020 MAGISTRADO (I) FELIPE CANCINO CONCHA ADMINISTRATIVO DE ACTAS PAZ ROMAN ZAMORANO HORA DE INICIO 10:03/ 13:33 HORAS HORA DE TERMINO 11:10/ 13:37 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2040267555-2-113 PARTE RECLAMANTE CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE SAN V
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