10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CRISTIAN MARCELO RIVERA ESPARZA

Rol

O-3418-2019

Fecha

10 de marzo de 2020

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Que el día 16 de septiembre de 2019, alrededor de las 18:30 horas, en la puerta de ingreso del inmueble ubicado en Pachuca N° 8281 de la comuna de Lo Espejo, funcionarios policiales observaron al imputado JOHANS BASTIÁN BONNEMAISON PÉREZ, realizando movimientos típicos asociados a la venta de droga con un comprador hasta ahora no identificado, quién huyo del lugar portando una bolsa de nylon, previamente entregada por BONNEMAISON PÉREZ previo pago de $5.000. Por lo anterior, se fiscalizó al imputado, siendo sorprendido portando $5.000 y un arma blanca tipo cuchillo de 24 cm. de largo, marca Stainless, no justificando su porte. Luego personal policial ingresó al inmueble ubicado en Pachuca N° 8281 de la comuna de Lo Espejo, sorprendiendo en su interior a los imputados CRISTIAN MARCELO RIVERA ESPARZA, MARTÍN EROS WLADIMIR NÚÑEZ MARDONES y JOSÉ EXEQUIEL VELÁSQUEZ DURÁN, guardando y poseyendo 34 bolsas de nylon contenedoras de cannabis, con un peso bruto de 56 gramos; 01 bolsa de nylon contenedora de cannabis, con un peso bruto de 109 gramos; 02 pesas digitales; 03 fajos de bolsas de nylon y $35.000, producto de la venta de droga, todo lo anterior sin contar con la autorización legal para ello. Santiago, diez de marzo de dos mil veinte.- Resolución: l.- Se condena a CRISTIAN MARCELO RIVERA ESPARZA y JOSÉ EXEQUIEL VELÁSQUEZ DURÁN, ya individualizados, como autores del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción, el día 16 de septiembre del año 2019, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual cada uno.- II.- Concurriendo los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se les sustituye el cumplimiento de la sanción privat

Texto Completo (Preview)

RUC : 1901004473-4 RIT : 3418 - 2019 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : CRISTIAN MARCELO RIVERA ESPARZA CEDULA DE IDENTIDAD : 19778964-6 DOMICILIO : Pasaje 9 casa 749, comuna de Retiro, Linares NOMBRE IMPUTADO : JOSÉ EXEQUIEL VELÁSQUEZ DURÁN CEDULA DE IDENTIDAD : 8513807-3 DOMICILIO : Pasaje Zacatecas Nº 8256, comuna de Lo Espejo FISCAL : PEDRO PINOCHET ORELLANA DEFENSO

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica