4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ ARIEL ALBERTO GONZÁLEZ ARANCIBIA

Rol

O-54-2020

Fecha

10 de marzo de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos son constitutivos de un delito de receptación de vehículo motorizado en grado de desarrollo de frustrado y de robo con fuerza en lugar no habitado, en grado de desarrollo de consumado, delitos previstos y sancionados en los artículos 456 bis A y 442 Nº 2, en relación al artículo 432 del Código Penal y a los acusados les corresponde en los hechos responsabilidad a título de autores, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, toda vez que los ejecutaron en forma inmediata y directa. Estima el Ministerio Público que en los hechos, respecto del acusado Leonel Gustavo Oliveros Sánchez, no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal; y, respecto del acusado Ariel Alberto González Arancibia, concurre la circunstancia atenuante de la responsabilidad penal contemplada en el artículo 11 Nº 6 del Código Penal, esto es, la de irreprochable conducta anterior. El Ministerio Público solicita se imponga, al acusado a Leonel Gustavo Oliveros Sánchez, respecto del delito de receptación de vehículo motorizado, la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, multa de 20 UTM, la accesoria de conformidad al artículo 29 del Código Penal y costas y, en cuanto al delito de robo con fuerza en lugar no habitado, la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio la accesoria de conformidad al artículo 30 del Código Penal y costas; y, respecto de Ariel MARIA JOSE GARCIA RAMIREZ Juez Redactor Fecha: 10/03/2020 14:21:58 ISABEL PAULINA ESPINOZA MORALES Juez Presidente Fecha: 11/03/2020 12:36:33 CDGRXVKXPL JUAN CARLOS URRUTIA PADILLA Juez Integrante Fecha: 12/03/2020 11:12:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha cinco de marzo del presente año, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago, constituida por los jueces, doña Isabel Espinoza Morales, quien preside e integrada por don Juan Carlos Urrutia Padilla y doña María José García Ramírez, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación en contra de Ariel Alberto González Arancibia, cédula de identidad N°16.523.662-9, nacido en Limache 31 de diciembre de 1987, 32 años, soltero, conductor de Uber, domiciliado en Mar Brava 1169, Villa El Elqui, comuna de Renca, Santiago, representado por la Defensora Penal Pública doña Karen Fernández Santander; y, en contra de Leonel Gustavo Oliveros Sánchez, cédula nacional de identidad N° 17.414.661-6, nacido en Santiago, el 1 de noviembre de 1989, 30 años, soltero, sin ocupación, domiciliado en Pasaje 114-B Casa Nº 989, Villa Lo Arrieta, comuna de Peñalolén, Santiago, representado por el Defensor Penal Público don Gonzalo García Acevedo Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público, representado por la Fiscal Hugo Saldías Donoso, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra del imputado según se lee en el auto de apertura del juicio oral, fundándola en que: “El día 11 de junio de 2018, alrededor de las 03:05 horas, los acusados Leonel Gustavo Oliveros Sánchez, Daniel Alejandro Rivera Rivera, Ariel Alberto González Arancibia e Ivo Alejandro Alarcón Rodríguez, previamente concertados, desplazándose en una camioneta marca JAC, PPU KKWR-94, la que no portaba placas patentes, conociendo o no pudiendo menos que conocer, que el referido vehículo había sido objeto de delito de robo, automóvil que mantenía un encargo vigente Nº 4958-05-2018, por el delito de robo en lugar no habitado, concurrieron hasta la empresa “Sociedad Industrial y comercial Sergio Moukarzel MARIA JOSE GARCIA RAMIREZ Juez Redactor Fecha: 10/03/2020 14:21:58 ISABEL PAULINA ESPINOZA MORALES Juez Presidente Fecha: 11/03/2020 12:36:33 CDGRXVKXPL JUAN CARLOS URRUTIA PADILLA Juez Integrante Fecha: 12/03/2020 11:12:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl y Cia. Ltda.”, ubicada en calle Wenceslao Sánchez Nº 45 de la comuna de Estación Central, y una vez en el lugar con el vehículo, forzaron el portón de ingreso a la empresa, para luego ingresar a sus dependencias y apropiarse con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de 5 cajas con 23 sacos d

Fallo

SE DECLARA: I.- Se condena a Leonel Gustavo Oliveros Sánchez y a Ariel Alberto González Arancibia, ya individualizados, a la pena de 21 días de prisión en su grado medio, al pago de multa de media UTM, a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autores de un delito de hurto, en grado de tentado, cometido el día 11 de Junio de 2018, en la comuna de Estación Central.- II.- Que, se absuelve a Leonel Gustavo Oliveros Sánchez y a Ariel Alberto González Arancibia, del cargo de ser autores de un delito de receptación de vehículo motorizado, presuntamente cometido el día 11 de Junio de 2018, en la comuna de Estación Central.- III.- Que, la pena impuesta, a Leonel Gustavo Oliveros Sánchez, se le tendrá por cumplida, con el mayor tiempo que estuvo privado de libertad, como también lo será la multa; y, en el caso de Ariel Alberto González Arancibia se le sustituye por la de remisión condicional, en la forma y plazos señalados en el considerando Décimo Cuarto.- IV.- No se condena en costas a los sentenciados por haber estado representado por la Defensoría Penal Pública. V.- Ofíciese al Servicio de Registro Civil, para los fines del artículo 38 de la ley 18.216, según lo dispuesto en el considerando Décimo Quinto. MARIA JOSE GARCIA RAMIREZ Juez Redactor Fecha: 10/03/2020 14:21:58 ISABEL PAULINA ESPINOZA MORALES Juez Presidente Fecha: 11/03/2020 12:36:33 CDGRXVKXPL JUAN CARLOS URRUTIA PADILLA Juez Integrante Fecha: 12/03/2020 11

Texto Completo (Preview)

Santiago, diez de marzo de dos mil veinte. CONSIDERANDO PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha cinco de marzo del presente año, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago, constituida por los jueces, doña Isabel Espinoza Morales, quien preside e integrada por don Juan Carlos Urrutia Padilla y doña María José García Ramírez, se llevó a efecto la audiencia d

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