MP C/ MARÍA JOSÉ VERGARA MATUS
Rol
O-11460-2019
Fecha
9 de marzo de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS OIDO Y TENIENDO PRESENTE 1.- Que el Ministerio Público ha formulado acusación verbal contra María José Vergara Matus, Rol Único Nacional 19.479.892-k, 23 años, nacida el 23 de Agosto 1996, soltera, dueña de casa, domiciliada en calle O’Higgins N° 1851 Población San Antonio, Temuco, fundado en que el día 17 de Noviembre 2019 alrededor de las 16,38 horas, la acusada, ingreso a la tienda comercial Surprice ubicada en el local 1196 del Mall Portal Vivo de calle Las Quilas N° 1605 de esta ciudad, y sustrajo especies , avaluadas en la suma de $ 524.950, equivalente a 10,66 Unidades tributarias mensuales, siendo retenida por guardias de seguridad antes de salir del local comercial y entregada a Carabineros. Los hechos descritos son constitutivos del delito de Hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 número 2 del Código Penal, en grado de frustrado atribuyéndosele a la acusada una responsabilidad de autora. Concurre respecto de la acusada la atenuante establecida en el artículo 11 N° 9 del Código Penal en relación al artículo 407 del Código Procesal Penal y le perjudica la agravante establecida en el artículo 12 N° 16 del Código Penal. Se solicita una pena de pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, Multa de 6 Unidades Tributarias Mensuales, más accesorias legales sin costas de la causa. 2°- Que de conformidad con lo establecido en el artículo 390 del Código Procesal Penal, la acusación formulada se ha tenido como requerimiento y se ha sustituido de oficio el procedimiento de ordinario a simplificado, dejándose sin efecto las medidas cautelares a que se encuentra sometida la requerida. 3° Que habiéndose llevado a efecto audiencia en procedimiento simplificado de inmediato, la requerida admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 395 del Código Procesal Penal. KTXDXXTKDE Luz Monica Arancibia Mena Juez de garantía Fecha: 09/03/2020 14:55:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELE
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 Nr. 1, 15 Nr. 1, 24, 50. 67, 70, y 446 N° 2 del Código Penal; 388, 407 modificado y siguientes del Código Procesal Penal y ley 18.216; se declara: I.- Que se condena a María José Vergara Matus, Rol Único Nacional 19.479.892-k, ya individualizada en calidad de autora del delito frustrado de hurto, tipificado y sancionado en el artículo 446 N °2 y 7 del Código Penal, cometido el 17 de Noviembre 2019 en esta jurisdicción, en perjuicio de la tienda comercial Surprice, a las penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 6 Unidades tributarias mensuales, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas por no haber sido solicitadas. II.-Que constando la sentenciada con un abono de 68 días por haber estado bajo arresto domiciliario entre las 21 horas a las 9 horas del día siguiente, desde el 18 de Noviembre de 2019 hasta el 24 de Enero de 2020, oportunidad en la que fue sometida a prisión preventiva en causa rit 130-2020 del tribunal de garantía de Pucon, se dará por cumplida la pena corporal. III.- Que la multa deberá pagarse en pesos, al valor que tenga la Unidad Tributaria Mensual al momento de su pago efectivo, mediante deposito en la Tesorería Regional, autorizándose su pago en 12 parcialidades iguales, mensuales y sucesivas, venciendo la primera el último día del mes en que quede ejecutoriado del presente fall
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SENTENCIA DEFINITIVA Temuco, nueve de Marzo dos mil veinte. VISTOS OIDO Y TENIENDO PRESENTE 1.- Que el Ministerio Público ha formulado acusación verbal contra María José Vergara Matus, Rol Único Nacional 19.479.892-k, 23 años, nacida el 23 de Agosto 1996, soltera, dueña de casa, domiciliada en calle O’Higgins N° 1851 Población San Antonio, Temuco, fundado en que el día 17 de Noviembre 2019 alrede
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