Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL ÁGUILA BARRERA

Rol

O-533-2020

Fecha

28 de febrero de 2020

Materia

DAÑOS SIMPLES., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 27 de febrero de 2020, aproximadamente a las 13:15 horas el requerido Miguel Ángel Águila Barrera se dirige al Centro Comercial Los Jardines de Nueva Braunau y una vez en el interior con ánimo de lucro sin fuerza ni intimidación y en contra de la voluntad de su propietario, procede a sustraer diversas especies para ocultarlas posteriormente en una mochila que este portaba, específicamente: Aceite infantil, cepillos de dientes, paños, desodorante, juguetes, especies avaluadas en la suma de $29.900. Una vez con las especies en su interior el imputado se dirige a las cajas pagaderas donde hace pago de otras especies que portaba para posteriormente sobrepasar las líneas pagadoras, retirándose con las especies en su poder. Puerto Varas, a veintiocho de febrero de dos mil veinte I.- Que SE CONDENA a MIGUEL ANGEL AGUILA BARRERA, Cédula de Identidad N° 18.000.065-8, domiciliado en Nicanor García s/n, Puerto Varas, por su responsabilidad como autor de los delitos de HURTO SIMPLE del Art 446 n° 3 del Código Penal en grado de desarrollo de frustrado, imponiéndose a su respecto la pena de SESENTA DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa equivalente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. Se condena al imputado como autor del delito de DAÑOS, del Art 487 del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado y se le impone la multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Cumpliéndose los requisitos del artículo 8° de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad por RECLUSIÓN PARCIAL, por el mismo tiempo de la pena que se sustituye, bajo la modalidad de NOCTURNA, consistente en el encierro en su domicilio ubicado en Nicanor García s/n, Puerto Varas, entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, con control Carabi

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SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 27 de febrero de 2020, aproximadamente a las 13:15 horas el requerido Miguel Ángel Águila Barrera se dirige al Centro Comercial Los Jardines de Nueva Braunau y una vez en el interior con ánimo de lucro sin fuerza ni intimidación y en contra de la voluntad de su propietario, procede a sustraer diversas especies para ocultarlas posteriormente en un

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