C/ PAOLO ANDRÉS RÍOS LARA
Rol
O-216-2020
Fecha
4 de marzo de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos Que el día 15 de enero de 2020, a las 13:20 horas aproximadamente, el requerido(a) RÍOS LARA, en circunstancias que se encontraba al interior del Bus del transantiago, recorrido 712, específicamente en la intersección de las calles Av. Las Torres esquina Américo Vespucio, comuna de Peñalolén, procedió a sustraer desde las pertenencias de la víctima Silvia de Las Mercedes Farías Barra y de la víctima doña Mara Polet Soto López, los teléfonos celulares de las victimas junto a un monedero de propiedad de doña Farías Barra, además de la suma de $5.000 de esta última, siendo sorprendido por la víctima, y detenido por transeúntes, especies avaluadas respecto de Silvia de Las Mercedes Farías Barra en la suma de $175.000 y de doña Mara Polet Soto López la suma de $80.000, un total de $255.000. Delito y grado de desarrollo Los hechos antes descritos constituyen presuntamente el delito de hurto simple del artículo 432 y 446 N ° 2 del Código Penal, en grado de frustrado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don PAOLO ANDRÉS RÍOS LARA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como presunto autor del delito frustrado de hurto simple del artículo 432 y 446 N ° 2 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 15 de enero de 2020, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. Renuncia de plazos. Archivo "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. XPLPXSKMKK Jacqueline Rosina Cofre Garcia Juez de garantía Fecha: 04/03/2020 11:47:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITA
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don PAOLO ANDRÉS RÍOS LARA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como presunto autor del delito frustrado de hurto simple del artículo 432 y 446 N ° 2 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 15 de enero de 2020, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. Renuncia de plazos. Archivo "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. XPLPXSKMKK Jacqueline Rosina Cofre Garcia Juez de garantía Fecha: 04/03/2020 11:47:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-03-04T11:47:37-0300 Corte Suprema Jacqueline Rosina Cofre Garcia Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2000060582-5 RIT : 216 - 2020 IMPUTADO : PAOLO ANDRÉS RÍOS LARA Cédula de Identidad : 15.475.405-9 Fecha de nacimiento : 10-12-1982 Domicilio : SARGENTO MENADIER BLOCK 2510, DPTO. 302, PUENTE ALTO PROCEDIMIENTO : JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : cuatro de marzo de dos mil veinte JUEZ : JACQUELINE COFRE GARCIA Hechos Que el día 15 de
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