FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ GABRIELA DEL PILAR CHAMORRO AYALA
Rol
O-3651-2019
Fecha
3 de marzo de 2020
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de GABRIELA DEL PILAR CHAMORRO AYALA, cédula de Identidad N° 12.847.526-5 y JORGE ANDRÉS PARRA CONCHA, cédula de Identidad N° 13.023.547-6, ambos domiciliados en calle Chafer N° 556 Villa Alemana, se resuelve en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: “Que el día 27 de diciembre de 2019 aproximadamente a las 04.00 horas de la madrugada en circunstancias que Gabriela Chamorro Ayala se encontraba junto a su cónyuge Jorge Parra Concha en el domicilio común de calle Chafer 556 de Villa Alemana, sostuvieron una discusión por celos y se agredieron mutuamente provocándose lesiones de carácter leves, llegando carabineros al lugar, quienes procedieron a la detención de los imputados”. Estos hechos constituyen el delito de lesiones menos graves, delito establecido en el artículo 399 del Código Penal en relación con el artículo 494 N°5 del mismo Código, delito cometido por el requerido en calidad de autor y en grado de consumado.
Fallo
se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: “Que el día 27 de diciembre de 2019 aproximadamente a las 04.00 horas de la madrugada en circunstancias que Gabriela Chamorro Ayala se encontraba junto a su cónyuge Jorge Parra Concha en el domicilio común de calle Chafer 556 de Villa Alemana, sostuvieron una discusión por celos y se agredieron mutuamente provocándose lesiones de carácter leves, llegando carabineros al lugar, quienes procedieron a la detención de los imputados”. Estos hechos constituyen el delito de lesiones menos graves, delito establecido en el artículo 399 del Código Penal en relación con el artículo 494 N°5 del mismo Código, delito cometido por el requerido en calidad de autor y en grado de consumado. Se resuelve: Que no habiéndose rendido prueba por parte de la fiscalía, el Tribunal no tiene los antecedentes suficientes para arribar a una condena, en la medida que no se ha podido quedar por demostrado el hecho punible ni tampoco la participación que pudiese haber cabido al imputado. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que nadie puede ser condenado sino LTCWXSFQXX Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 03/03/2020 13:41:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horar
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, tres de marzo de dos mil veinte. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de GABRIELA DEL PILAR CHAMORRO AYALA, cédula de Identidad N° 12.847.526-5 y JORGE ANDRÉS PARRA CONCHA, cédula de Identidad N° 13.023.547-6, ambos domiciliados en calle Chafer N° 556 Villa Alemana, se r
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