MP C/ VÍCTOR DANIEL OLIVA GARCÍA
Rol
O-6836-2019
Fecha
3 de marzo de 2020
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT 6836 - 2019 RUC 1900657673-K Pronunciada por doña MÓNICA YOLANDA SIERPE SCHEUCH, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. TTFTXSEHEX Monica Yolanda Sierpe Scheuch Juez de garantía Fecha: 03/03/2020 13:33:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-03-03T13:33:51-0300 Corte Suprema Monica Yolanda Sierpe Scheuch Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 67, 70 y 456 bis A del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA a FERNANDO ESTEBAN BURGOS ZÚÑIGA, RUN N° 17.694.628-8, ya individualizado, como autor del delito consumado de receptación, cometido en Puerto Montt el día 24 de julio de 2019, a la PENA de OCHENTA DÍAS de PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa a beneficio fiscal de UNA unidad tributaria mensual. II.- Que, respecto de ambas penas impuestas al sentenciado se les da por cumplidas con el mayor tiempo que ha permanecido privado de su libertad con motivo de la presente causa, sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva desde el 24 de agosto al 25 de noviembre de 2019 y desde esa fecha hasta el día 27 de diciembre de 2019 sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario parcial. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT 6836 - 2019 RUC 1900657673-K Pronunciada por doña MÓNICA YOLANDA SIERPE SCHEUCH, Juez Titular del
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Sentencia: Puerto Montt, tres de marzo de dos mil veinte. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 67, 70 y 456 bis A del Código Penal; artículos 45, 47, 2
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