MARCELA FERNANDA CIFUENTES JARA C/ RICARDO ALEXIS FARIAS POBLETE
Rol
O-1023-2018
Fecha
2 de marzo de 2020
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 30 de noviembre de 2018, siendo aproximadamente las 08:45 horas, en el sector del domicilio ubicado en calle Aníbal Pinto n° 540, comuna de San Rosendo, el imputado Ricardo Alexis Farías Poblete, agredió a su conviviente y madre de tres hijos en común Marcela Fernanda Cifuentes Jara, propinándole un palmetazo en la cabeza para después tomarle su mano derecha golpeándola contra el marco de la puerta, causando lesiones de carácter leve, consistente en leve aumento de volumen a nivel de falange distal, dedo anular mano derecha, sin deformación, sin signos de fractura. Funda su imputación en base a los siguientes antecedentes: 1. Parte denuncia Nº 177, de Carabineros, Retén San Rosendo, de fecha 30 de noviembre de 2018. 2. Declaración de la víctima y testigo, Marcela Fernanda Cifuentes Jara, de fecha 30 de noviembre de 2018. 3. Declaración testigo Héctor Eulogio Nova Castillo, de fecha 30 de noviembre de 2018. 4. Declaración de funcionario policial Leonardo Exequiel Medina Oñate, de fecha 30 de noviembre de 2018. 5. Dato de atención de urgencia DAU de Marcela Fernanda Cifuentes Jara, de fecha 30 de noviembre de 2018, emanado del Hospital de Laja, suscrito por el médico Carlos Alberto Mena Díaz. 6. Set de 4 fotografías del sitio del suceso. 7. Certificados de nacimiento de Ricardo Alexis Antonio Farías Cifuentes, Fernanda Jacqueline Farías Cifuentes y Josefina Amparo Jesús Farías Cifuentes. 8. Extracto de filiación y antecedentes del requerido. 9. Informe Saf (sistema ayuda de fiscales) del requerido. XXKNXSVXGX Viviana Lorena Garrido Cabrera Juez de garantía Fecha: 03/03/2020 13:36:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos antecedentes comparece don Francisco Javier Soto Pacheco, Fiscal Adjunto (S) de la Fiscalía Local de YUMBEL, domiciliado en esta ciudad, Freire N° 630, en causa RUC Nº 1801196015-0, deduciendo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don Ricardo Alexis Farías Poblete de profesión u oficio NO ESPECIFICADO, domiciliado en RUTA Q-90 KM. 10 S/N, LAJA. Funda su requerimiento en los siguientes hechos: El día 30 de noviembre de 2018, siendo aproximadamente las 08:45 horas, en el sector del domicilio ubicado en calle Aníbal Pinto n° 540, comuna de San Rosendo, el imputado Ricardo Alexis Farías Poblete, agredió a su conviviente y madre de tres hijos en común Marcela Fernanda Cifuentes Jara, propinándole un palmetazo en la cabeza para después tomarle su mano derecha golpeándola contra el marco de la puerta, causando lesiones de carácter leve, consistente en leve aumento de volumen a nivel de falange distal, dedo anular mano derecha, sin deformación, sin signos de fractura. Funda su imputación en base a los siguientes antecedentes: 1. Parte denuncia Nº 177, de Carabineros, Retén San Rosendo, de fecha 30 de noviembre de 2018. 2. Declaración de la víctima y testigo, Marcela Fernanda Cifuentes Jara, de fecha 30 de noviembre de 2018. 3. Declaración testigo Héctor Eulogio Nova Castillo, de fecha 30 de noviembre de 2018. 4. Declaración de funcionario policial Leonardo Exequiel Medina Oñate, de fecha 30 de noviembre de 2018. 5. Dato de atención de urgencia DAU de Marcela Fernanda Cifuentes Jara, de fecha 30 de noviembre de 2018, emanado del Hospital de Laja, suscrito por el médico Carlos Alberto Mena Díaz. 6. Set de 4 fotografías del sitio del suceso. 7. Certificados de nacimiento de Ricardo Alexis Antonio Farías Cifuentes, Fernanda Jacqueline Farías Cifuentes y Josefina Amparo Jesús Farías Cifuentes. 8. Extracto de filiación y antecedentes del requerido. 9. Informe Saf (sistema ayuda de fiscales) del requerido. XXKNXSVXGX Viviana Lorena Garrido Cabrera Juez de garantía Fecha: 03/03/2020 13:36:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de lesiones menos graves, en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en los artículos 494 Nº 5 y 399 del Código Penal, en relación al artículo 5 de la ley 20.066. El delito se encuentran en el grado de consumado y el requerido tiene la calidad de autor, según lo prescribe el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agrega que no concurren
Fallo
Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 494 Nº 5 y 399 del Código Penal, en relación al artículo 5 de la ley 20.066, artículos 340, 388, 393 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a don Ricardo Alexis Farías Poblete C.I. 13.353.286-K del requerimiento formulado por el Ministerio Público fundado en hechos acaecidos con fecha 30 de noviembre de 2018. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por estimar que litigó con motivo plausible. RIT: 1023-2018 RUC: 1801196015-0 Dictada por doña VIVIANA LORENA GARRIDO CABRERA Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Laja. XXKNXSVXGX Viviana Lorena Garrido Cabrera Juez de garantía Fecha: 03/03/2020 13:36:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-03-03T13:36:45-0300 Corte Suprema Viviana Lorena Garrido Cabrera Verificación Legal
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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia. Fecha Laja., dos de marzo de dos mil veinte Magistrado VIVIANA LORENA GARRIDO CABRERA Fiscal JORGE SANDOVAL MANRIQUEZ Defensor MARIO ANDRÉS WELDT PEÑA Hora inicio 03:00 PM Hora termino 03:03 PM Sala GARANTIA Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Laja. Acta FHF RUC 1801196015-0 RIT 1023 - 2018 Actuaciones efectuadas NOMBRE IMPUTADO RUT DIR
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