Juzgado de Garantía de Melipilla

MP C/ EDUARDO PATRICIO SILVA BRIONES

Rol

O-3846-2018

Fecha

2 de marzo de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 21 de agosto de 2018, siendo aproximadamente las 18:00 horas, el imputado EDUARDO SILVA BRIONES procedió a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño desde el interior del establecimiento comercial denominado Pan Rot, ubicado en Ortúzar 910 en la ciudad de Melipilla, especies muebles por un valor de $39.010, que corresponden a 2 bidones de detergente marca Ace, 6 kilos de detergente en polvo Omo y distintos productos cárneos, dándose a la fuga portando dichas especies, las cuales ocultó al interior de una bolsa. TRANSCRIPCION PARTE RESOLUTIVA SENTENCIA: Y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14, 15, 25, 26, 30, 49, 50, 67, 69, 70, 432 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal y en la Ley 18.216, el Tribunal resuelve: I.- Que se condena a don EDUARDO PATRICIO SILVA BRIONES, cédula de identidad N° 14.381.357-6, ya individualizado, como autor de un delito de hurto simple del artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado, por los hechos ocurridos en la comuna de Melipilla el día 21 de agosto de 2018, a la pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el término de la condena. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye la pena por la de remisión condicional por el lapso de un año, periodo durante el cual deberá cumplir todas las condiciones del artículo 5° de la referida Ley, para lo cual el imputado RHFXXREJEW PATRICIA LILIANA CASTANEDA QUEZADA Juez de garantía Fecha: 03/03/2020 10:43:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P a

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Melipilla, dos de marzo de dos mil veinte TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: PATRICIA LILIANA CASTAÑEDA QUEZADA PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC: 1800816541-2 RIT: 3846 - 2018 IMPUTADO 1 : EDUARDO PATRICIO SILVA BRIONES C.I. 0014381357-6 FECHA DE NAC. 20/06/1979 DIRECCION Sector VILLA SANTA ANA, PASO DRAKE Nº 1345

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