1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RUMILLANCA/CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS DE VIDA S.A.

Rol

M-1015-2020

Fecha

31 de julio de 2020

Materia

Costas, Despido injustificado, Prestaciones, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · LLAMADO CONCILIACION X · 1. TOTAL · 2. PARCIAL · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA · 1. DEMANDADO X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X RELACIÓN DE LOS HECHOS: Registrada íntegramente en el sistema de audio. CONTESTACION: Registrada íntegramente en el sistema de audio. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de relación laboral entre STEPHANIE DE LAS MERCEDES RUMILLANCA SAN MARTÍN con CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS DE VIDA S.A. 2. Que el contrato de trabajo se extiende desde el día 01 de agosto de 2018 al 31 de diciembre de 2019; 3. Que la actora fue despedida con fecha 31 de diciembre de 2019 por la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, 4. Que la actora tiene remuneración de$668.738; 5. Que al aporte de la AFC arriba a la suma de $219.897. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación esta no se produce. La parte demandada ofrece la suma de $310.570, lo que no es aceptado por la parte demandante. El Tribunal propone el 50% del recargo y de la AFC, siendo inferior a lo ofrecido por la parte demandada, le propone al demandante que acepte el ofrecimiento de la demandada. HECHOS A PROBAR 1. Efectividad de los hechos sindicados en la carta de término de contrato. Antecedentes, pormenores y circunstancias. OFRECE E INCORPORA PRUEBA LA PARTE DEMANDADA. Documental: 1. Aviso de término de contrato, de fecha 31 de diciembre de 2019, enviada a doña Stephanie Rumillanca San Martín. 2. Certificado aporte del empleador a la AFC, efectuado por Chilena Consolidada Seguros de Vida S.A., a doña Stephanie Rumillanca San Martín. 3. Comprobante correos de Chile, envío carta certificada el día 02 de enero de 2020. LA PARTE. DEMANDANTE Documental: 1. Ca

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO, Demanda: Que comparece STEPHANIE DE LAS MERCEDES RUMILLANCA SAN MARTÍN, cesante, cédula de identidad N°18.443.503-9, domiciliada para estos efectos en calle Rodríguez N°575, comuna de Gorbea, Región de La Araucanía quien interpone demanda en procedimiento monitorio en contra CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS DE VIDA S.A. representada legalmente por doña Laura Jara Soto, todos domiciliados para estos efectos en Avda. Apoquindo N°5560, comuna de Las Condes, Santiago. (…)

Fallo

Por estas considereciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 161, 162, 163, 167, 168, 169, 172, 173, 496 a 501 del Código del Trabajo y 13 de la Ley N°19.728, se declara lo siguiente: I. Que se acoge la demanda de despido injustificado interpuesta y cobro de prestaciones interpuesta por doña STEPHANIE DE LAS MERCEDES RUMILLANCA SAN MARTÍN en contra CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS DE VIDA S.A, representada legalmente por doña Laura Jara Soto por estimar este Tribunal que el despido es injustificado y procede que se condene a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. La suma de $200.621 por recargo legal del 30% de la indenización por años de servicio; b. La suma de $219.897 por restitución del descuento por aporte de AFC. II. Que se condena en costas a la demandada las que se regulan en la suma de $200.000 a favor del trabajador. III. Que las sumas antes indicadas devengaran reajustes, intereses conforme lo dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo IV. Ejecutoriada que este la presente sentencia cumplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario certifiquese dicha circunstancia y pase los antecedentes al Juzagado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su ejecución. Registrese y hecho archivese. Dirigió y dictó, don RAMON DANILO BARRIA CARCAMO, Juez Titular del 1°Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan válidamente notificadas de las resoluciones dictadas en la presente audiencia. Se d

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 31 de julio de 2020 RUC 20-4-0262676-4 RIT M-1015-2020 MAGISTRADO RAMON DANILO BARRIA CARCAMO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Marisol Aravena Rodríguez HORA DE INICIO 13:36 HORA DE TERMINO 15:42 SALA Virtual 6 (1.1) Nº REGISTRO DE AUDIO 2040262676-4-1348 PARTE DEMANDANTE NO COMPARECIENTE

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