TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE OSORNO

MINISTERIO PUBLICO C/ YERKO CRISTIAN MILLÁN VARAS

Rol

O-177-2019

Fecha

2 de marzo de 2020

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos:” Durante la noche del día 21 de Julio del año 2019 y madrugada del 22 de Julio del mismo año, desde las afueras del domicilio ubicado en calle Donato Calderón n° 1528 de la comuna de Osorno, sujetos desconocidos a la fecha, Robaron el vehículo marca Subaru, modelo Legacy, color azul, PPU. NE-4379, denuncia realizada por Cristian Eduardo Ruíz Alvarado, vehículo en cuyo interior se mantenían además diversas especies de propiedad del denunciante y víctima consistentes en una radio tipo Cd marca De Blue, color negro, un parlante inalámbrico marca Sucoy, un par de guantes color negro y un par de lentes de sol marca Avenue, hecho que fue denunciado por esta ante la Tercera Comisaría de Carabineros de Osorno, el dia 22 de Julio del año XHVXXRXCBL HECTOR ARMANDO HINOJOSA AUBEL Juez oral en lo penal Fecha: 02/03/2020 13:03:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 2019, a las 08.00 hrs. según consta en el parte denuncia 1168 de esa repartición. Luego, el día 22 de Julio del año 2019 pasadas las 16.00 hrs. en Avenida Real a la Altura del número 2109 de la comuna de Osorno. El acusado Yerko Cristian Millán Varas fue sorprendido por Carabineros manteniendo en su poder el vehículo ya referido, de propiedad de la víctima ya individualizada, avaluado en la suma aproximada de $ 2.000.000.- y desde el cual, a su vez, el imputado procedía a retirarse manteniendo en su poder al interior de un bolso, una radio tipo Cd marca De Blue, color negro, un parlante inalámbrico marca Sucoy, un par de guantes color negro y un par de lente

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, constituido por los jueces titulares don Edmundo Moller Bianchi, quien presidió la audiencia, don Claudio Vicuña Melo y Héctor Hinojosa Aubel, se llevó a efecto el juicio oral en causa RIT N° 177-2019, cuya acusación es sostenida por el Fiscal Jorge Munzenmayer Cristi, por la Fiscalía local de Osorno, seguido en contra del acusado don YERKO CRISTIAN MILLAN VARAS, Cédula Nacional de Identidad N° 19087057-K, de oficio o profesión peoneta con domicilio en calle San Luis N° 2023 Población Morrilumo Rahue Alto Osorno, actualmente en prisión preventiva en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad de Osorno, quien comparece con asistencia de su abogado defensor Penal público don Gerardo Norambuena Alvarez, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra de los acusados, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fundándola en los siguientes hechos:” Durante la noche del día 21 de Julio del año 2019 y madrugada del 22 de Julio del mismo año, desde las afueras del domicilio ubicado en calle Donato Calderón n° 1528 de la comuna de Osorno, sujetos desconocidos a la fecha, Robaron el vehículo marca Subaru, modelo Legacy, color azul, PPU. NE-4379, denuncia realizada por Cristian Eduardo Ruíz Alvarado, vehículo en cuyo interior se mantenían además diversas especies de propiedad del denunciante y víctima consistentes en una radio tipo Cd marca De Blue, color negro, un parlante inalámbrico marca Sucoy, un par de guantes color negro y un par de lentes de sol marca Avenue, hecho que fue denunciado por esta ante la Tercera Comisaría de Carabineros de Osorno, el dia 22 de Julio del año XHVXXRXCBL HECTOR ARMANDO HINOJOSA AUBEL Juez oral en lo penal Fecha: 02/03/2020 13:03:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 2019, a las 08.00 hrs. según consta en el parte denuncia 1168 de esa repartición. Luego, el día 22 de Julio del año 2019 pasadas las 16.00 hrs. en Avenida Real a la Altura del número 2109 de la comuna de Osorno. El acusado Yerko Cristian Millán Varas fue sorprendido por Carabineros manteniendo en su poder el vehículo ya referido, de propiedad de la víctima ya individualizada, avaluado en la suma aproximada de $ 2.000.000.- y desde el cual, a su vez, el imputado procedía a retirarse manteniendo en su poder al interior de un bolso, una radio tipo Cd marca De Blue, color negro, un parlant

Fallo

Se resuelve por el Tribunal el hecho de considerar un solo delito, esto es, el de receptación de vehículo motorizado, ya que este último contiene la tenencia de las demás especies, al momento de ser sorprendido, sentado en el vehículo, con todas las especies que estaban en el vehículo, es así un hecho único. No siendo las demás especies, tales que por naturaleza o entidad, fuercen una protección independiente a su bien jurídico. DÉCIMO: Grado de Desarrollo. Que el ilícito de Receptación, debe estimarse cometido en grado de consumado, pues la acción desplegada por el agente logró completar el tipo penal, en efecto, su fase de ejecución se encuentra completa toda vez que logró tener en su poder a título de poseedor, o por lo menos de mero tenedor, el vehículo marca Subarú, Modelo Legacy P.P.U.NE.4379.-.especie que había sido sustraída a la víctima con anterioridad desde el frontis de su inmueble ubicado en la ciudad de Osorno, en cuyo interior se encontraban las otras especies singularizadas en la acusación. Respecto al ilícito de tenencia ilegal de munición, se encuentra en grado de desarrollo de consumado, ya que con su posesión, porte o tenencia se perfecciona el delito en cuanto a su grado de desarrollo. DÉCIMO PRIMERO: Desestima alegaciones de la Defensa respecto del acusado Millán Varas: Que, conforme a lo concluido precedentemente se desestima la tesis absolutoria levantada por la Defensa, señalando que se trataba de un delito menor, no de una Receptación de automóvil

Texto Completo (Preview)

1 Ministerio Público c/ Yerko Millán Varas RUC N° 1900782532-6 Rit: 177-2019 Osorno, dos de marzo de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, constituido por los jueces titulares don Edmundo Moller Bianchi, quien presidió la audiencia, don Claudio Vicuña Melo y Héctor Hinojosa Aubel, se llevó a

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica