MP C/ JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ VIDAL
Rol
O-3473-2019
Fecha
28 de febrero de 2020
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 04 de abril de 2019 a las 21.25 horas aproximadamente, el imputado González Vidal fue sorprendido por Carabineros, en la intersección de Avenida Estación con Delfín Carvallo de la comuna de Doñihue portando en el bolsillo de su pantalón un cuchillo tipo cortapluma de 8 cm de hoja por 9 cm de empuñadura, del cual no dio razón de la posesión o tenencia al mismo. Sentencia Rancagua, veintiocho de febrero de dos mil veinte Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos pertinentes, se declara: I.- Que se CONDENA A JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ VIDAL, ya individualizado, al pago de una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 Bis del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 04 de abril de 2019. II.- Que la pena pecuniaria impuesta se da por cumplida con el periodo de tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa. III.- Teniendo presente que el imputado ha admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, permitiendo la aplicación de este procedimiento breve y concentrado, se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese ese hecho por el jefe de Unidad de Causas y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. Se ordena la libertad del sentenciado. Remítase copia simple del acta de esta audiencia vía correo electrónico a los intervinientes. RUC: 1900365637-6 RIT: 3473 - 2019 Dictada por GIANNI RICARDO LIBRETTI PEÑA, Juez de Garantía de Rancagua. A
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA A JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ VIDAL, ya individualizado, al pago de una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 Bis del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 04 de abril de 2019. II.- Que la pena pecuniaria impuesta se da por cumplida con el periodo de tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa. III.- Teniendo presente que el imputado ha admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, permitiendo la aplicación de este procedimiento breve y concentrado, se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese ese hecho por el jefe de Unidad de Causas y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. Se ordena la libertad del sentenciado. Remítase copia simple del acta de esta audiencia vía correo electrónico a los intervinientes. RUC: 1900365637-6 RIT: 3473 - 2019 Dictada por GIANNI RICARDO LIBRETTI PEÑA, Juez de Garantía de Rancagua. AT: kmv (s.1) XJTDXSMRFF Gianni Ricardo Libretti Peña Juez de garantía Fecha: 03/03/2020 22:09:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL P
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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veintiocho de febrero de dos mil veinte Ruc: 1900365637-6 Rit: 3473 - 2019 Hora Inicio: 12.16 Hora Término: 12.25 Juez: GIANNI RICARDO LIBRETTI PEÑA Tipo de Audiencia: Control de detención Imputado: José Ignacio González Vidal C.I. N° 19.379.490-4
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