MUÑOZ/ACCENTURE CHILE, ASESORIAS Y SERVICIOS LIMITADA
Rol
M-79-2020
Fecha
31 de julio de 2020
Materia
Costas, Despido injustificado, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en que funda la causal están descritos, estima de forma vaga, genérica e imprecisa señalado lo siguiente: “La presente causal se funda en la necesidad de racionalizar y reestructurar los equipos de trabajo asignados al Contrato Scotiabank Azul, en el cual usted se desempeña en el cargo de Application Development Associate. Al respecto, como es de su conocimiento, el Contrato y área para la que usted se desempeña, cuenta con una estructura de negocio basado en la resolución de incidentes operativos del Cliente que requieren aplicativos tecnológicos, conocidos como “tickets”. Los tickets son asignados a Accenture por el Cliente en virtud del volumen de los incidentes producidos en sus operaciones que requieran solución. Esta modalidad de trabajo genera que, de existir un aumento sostenido en la cantidad de requerimientos o tickets asociados al Contrato, debe aumentar la cantidad de personal que se desempeña en dicho contrato para poder hacer frente al incremento en la demanda de trabajo. Por otro lado, en caso de que disminuya la cantidad de requerimientos asociados al Contrato, menos horas se deben destinar a la prestación de dichos servicios, por lo que se necesitará una menor cantidad de trabajadores involucrados en la ejecución del Contrato. Al respecto, durante el último tiempo, y con posterioridad a la fusión BBVA-Scotiabank, el cliente Scotiabank ha disminuido progresiva y consistentemente la cantidad de requerimientos y prestaciones relacionadas al servicio de mantenimiento de sus operaciones de su contrato, lo cual se ve reflejado en la disminución de cantidad de tickets generados por el cliente para Accenture. No se proyecta que esta tendencia a la baja pueda revertirse en el corto ni mediano plazo, toda vez que la migración de la operación desde el sistema utilizado inicialmente por BBVA (que es el sistema en que Accenture presta servicios a su cliente) al sistema de Scotiabank, traerá como consecuencia el desuso del primero, por lo que se prevé que
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso se inicia Causa Rit M-79-2020, RUC 20- 4-0245883-7, en Procedimiento Monitorio, compareciendo don CLAUDIO ALBERTO MUÑOZ BELLO, RUT 17.807.457-1, ingeniero informático, domiciliado en pasaje 2, N°1175, Villa Dupré, Villa Alemana, quien deduce Demanda de Despido Injustificado y Cobro Prestaciones e indemnizaciones laborales en contra de su ex empleador ACCENTURE CHILE ASESORÍAS Y SERVICIOS LIMITADA, RUT 78.809.770-0, representado legalmente por don Francisco Espinosa Vargas ,se ignora profesión u oficio, RUT 10.055.386-4, ambos con domicilio en Avenida Argentina N°540, piso 6, Valparaíso (al interior del Mall Paseo Ross), solicitando se acoja la demanda de despido injustificado y condene a la demandada, al pago de las prestaciones laborales que indica. SEGUNDO: Refiere en su demanda que su relación laboral con la empresa ACCENTURE CHILE ASESORÍAS Y SERVICIOS LIMITADA comenzó el día 26 de junio del año 2017 mediante la celebración de un contrato de trabajo por escrito. La duración a partir del 30 de noviembre de 2017 pasó a ser de carácter indefinido. La labor que se obligó a ejecutar de acuerdo con el contrato de trabajo, fue la de “asociado de desarrollo de aplicaciones”. Esta labor consistía en la gestión de proyectos y programación. Dicho contrato de trabajo, suscrito con el demandado, establecía una jornada de trabajo regulada por el Art. 22 inciso 2° del Código del Trabajo. Refiere, que para efectos del Art. 172 del Código del Trabajo, su última remuneración mensual devengada era de $1.056.409.-, cifra expresamente reconocida por el demandado en finiquito de contrato de trabajo suscrito entre las partes, finiquito que fue suscrito con reserva de derechos. Añade, que con fecha 22 de noviembre del año 2019 es despedido por el demandado, invocando la causal contendida en el Art. 161 inciso primero del Código del Trabajo, esto es, “Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio”. Los hechos en que funda la causal están descritos, estima de forma vaga, genérica e imprecisa señalado lo siguiente: “La presente causal se funda en la necesidad de racionalizar y reestructurar los equipos de trabajo asignados al Contrato Scotiabank Azul, en el cual usted se desempeña en el cargo de Application Development Associate. Al respecto, como es de su conocimiento, el Contrato y área para la que usted se desempeña, cuenta con una estructura de negocio basado en la resolución de incidentes operativos del Cliente que requieren aplicativos tecnológicos, conocidos como “tickets”. Los tickets son asignados a Accenture por el Cliente en virtud del volumen de los incidentes producidos en sus operaciones que requieran solución. Esta modalidad de trabajo genera que, de existir un aumento sostenido en la cantidad de requerimientos o tickets asociados al Contrato, debe aumentar la cantidad de personal que se desempeña en dicho contrato para poder hacer frente al incremento en la dema
Fallo
POR TANTO; SOLICITA a Tribunal, tener por interpuesta la presente demanda de Despido Injustificado y Cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales en contra de su ex empleador ACCENTURE CHILE ASESORÍAS Y SERVICIOS LIMITADA, ya individualizado, acogerla a tramitación y, en definitiva, condenar al demandado a lo siguiente: 1.- En cuanto al despido injustificado: que declare que el despido del que he sido objeto invocando la causal “necesidades de la empresa” es indebido, injustificado e improcedente por no cumplir con todos y cada uno de los requisitos legales, basado en meras circunstancias genéricas, vagas y muy imprecisas. 2.- En cuanto al cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales: a.- Aumento equivalente a un 30% de la indemnización por años de servicio en virtud del Art. 168 del CT: $633.845.- b.- Devolución del descuento de seguro de cesantía: $439.999.- c.- O las sumas que este Tribunal, decida en justicia d.- Todo lo anterior con intereses y reajustes e.- Las costas de la causa TERCERO: Que, en su oportunidad procesal pertinente el Tribunal estimó suficientes argumentos para emitir un pronunciamiento favorable a los intereses del actor y acogió la demandada con fecha 24 de enero del 2020. CUARTO: Que en tiempo y forma, la demandada reclamó de dicha resolución, por lo que este Tribunal, fijo día y hora para la realización de la respectiva audiencia única de contestación, conciliación y prueba. QUINTO: Que atendida la contingencia sanitaria por la que atrav
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Valparaíso, a treinta y uno de Julio de dos mil veinte.- VÍSTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso se inicia Causa Rit M-79-2020, RUC 20- 4-0245883-7, en Procedimiento Monitorio, compareciendo don CLAUDIO ALBERTO MUÑOZ BELLO, RUT 17.807.457-1, ingeniero informático, domiciliado en pasaje 2, N°1175, Villa Dupré, Villa Alemana, quien deduce Dem
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