Juzgado de Garantía de Rancagua.

MP C/ MATÍAS NICOLÁS LAGOS GALAZ

Rol

O-12396-2019

Fecha

25 de marzo de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del Procedimiento Abreviado. Procedimiento Abreviado. Hechos: Con fecha 09 de noviembre del año 2019 siendo aproximadamente las 8 de la mañana y en circunstancias en que el menor de edad de iniciales J.I.H.A., de 16 años caminaba por la avenida Membrillar en dirección al Oriente en la intersección de la calle Velasco en la Población O’Higgins, fue interceptado por dos individuos, entre ellos don MATÍAS LAGOS GALAZ, quien vestía un pantalón, un buzo completo de color negro, quienes proceden a amenazar con un cuchillo tipo cortapluma a la víctima indicándole -entrega tu celular gil culiao o si no te voy a pitiar; ante lo cual la víctima procedió a entregar al coimputado de este delito un teléfono marca Huawei, modelo Y9 Prime, año 2019, de la compañía Wom, dándose ambos autores a la fuga, siendo perseguido el señor LAGOZ GALAZ por la víctima y siendo detenido al instante en momento frente al domicilio del encartado ubicado en pasaje Inés de Suárez 878 en la Población Isabel Riquelme de Rancagua. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 9 del Código Penal. Sentencia: Rancagua, veintiséis de febrero de dos mil veinte Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en las normas pertinentes, se declara: I.- Que se CONDENA A MATÍAS NICOLÁS LAGOS GALAZ, ya individualizado, a la PENA DE CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad de autor del delito de robo con intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, cometido en Rancagua el día 09 de noviembre de 2019. II.- Que, reuniendo el sentenciado los re

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA A MATÍAS NICOLÁS LAGOS GALAZ, ya individualizado, a la PENA DE CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad de autor del delito de robo con intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, cometido en Rancagua el día 09 de noviembre de 2019. II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos para acceder a la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, se dispone el cumplimiento de la pena corporal mediante la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA con un lapso de intervención igual al de la condena impuesta, debiendo cumplir especialmente las condiciones de: - Tener residencia en un lugar determinado, la que puede ser propuesta por el condenado, pero que deberá corresponder a un ciudad en que preste funciones un Delegado de libertad vigilada intensiva. La residencia podrá ser cambiada en casos especiales calificados por el Tribunal y previo informe del Delegado. - La sujeción a vigilancia y orientación permanente de un Delegado por el periodo fijado, debiendo cumplir todas las normas de conducta e instrucciones que este imparta respecto de educación, trabajo morada, y cuidado del núcleo familiar, empleo del tiempo libre y cualquiera otra que sea pertinente para una eficaz intervención individualizada. - Ejercici

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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veinticinco de febrero de dos mil veinte Ruc: 1901208541-1 Rit: 12396 - 2019 Hora Inicio: 13:20 Hora Término: 13:55 Juez: Carolina Pia Lazen Maldonado Tipo De Audiencia: Procedimiento Abreviado Imputado: IP Matías Nicolás Lagos Galaz C.I. N° 20907

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