CLAUDIO ANDRES ESCARATE NESBET C/ CRISTOPHER FABIÁN AGUILERA NAVARRETE
Rol
O-5084-2019
Fecha
21 de febrero de 2020
Materia
QUEBRANTAMIENTO.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 15 N°1, 18, 21, 25, 50, 67, 68, 69, 90 del Código Penal; artículos 1, 45 y siguientes, 229, 235, 259, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que condena a CRISTOPHER FABIÁN AGUILERA NAVARRETE, cédula de identidad 18.273.030-0, ya individualizado a la pena de TRES (3) DÍAS DE INCOMUNICACIÓN; esto es, impedido relacionarse con personas extrañas al recinto penal en que cumple condena quebrantada, debiendo quedar durante tal lapso afecto al régimen más estricto del complejo penitenciario de Valparaíso, en su calidad de autor del delito quebrantamiento de condena, previsto y sancionado, en el artículo 90 del Código Penal en grado consumado, perpetrado el 29 de abril del 2019, al no regresar al CET del complejo penitenciario de Valparaíso. II. La pena referida será susceptible de imposición sólo en el evento que Gendarmería no hubiere impuesto con antelación alguna medida disciplinaria con motivo del quebrantamiento. III. Se exime al acusado del pago de costas en atención a su aceptación de este procedimiento, con lo cual evitó un juicio oral contribuyendo al ahorro de recursos estatales, materiales y humanos. Cúmplase en su oportunidad lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, remitiendo oficio al Servicio de Registro de Civil , Registro Nacional de Condena, Contraloría General de la República y Complejo Penitenciario de Valparaíso para su cumplimiento. Regístrese y archívese en su momento. Ejecutoriada por renuncia a plazos. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /aca XVPYXSRNWX Nora Antonieta Bahamondes Acevedo Juez de garantía Fecha: 04/03/2020 10:35:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C
Fallo
se declara: I. Que condena a CRISTOPHER FABIÁN AGUILERA NAVARRETE, cédula de identidad 18.273.030-0, ya individualizado a la pena de TRES (3) DÍAS DE INCOMUNICACIÓN; esto es, impedido relacionarse con personas extrañas al recinto penal en que cumple condena quebrantada, debiendo quedar durante tal lapso afecto al régimen más estricto del complejo penitenciario de Valparaíso, en su calidad de autor del delito quebrantamiento de condena, previsto y sancionado, en el artículo 90 del Código Penal en grado consumado, perpetrado el 29 de abril del 2019, al no regresar al CET del complejo penitenciario de Valparaíso. II. La pena referida será susceptible de imposición sólo en el evento que Gendarmería no hubiere impuesto con antelación alguna medida disciplinaria con motivo del quebrantamiento. III. Se exime al acusado del pago de costas en atención a su aceptación de este procedimiento, con lo cual evitó un juicio oral contribuyendo al ahorro de recursos estatales, materiales y humanos. Cúmplase en su oportunidad lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, remitiendo oficio al Servicio de Registro de Civil , Registro Nacional de Condena, Contraloría General de la República y Complejo Penitenciario de Valparaíso para su cumplimiento. Regístrese y archívese en su momento. Ejecutoriada por renuncia a plazos. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /aca XVPYXSRNWX Nora Antonieta Bahamondes Acevedo Juez
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA:RUC N°1900469605-3 //RIT N°5084 – 2019.C/ AGUILERA NAVARRETE, CRISTOPHER FABIÁN, cédula de identidad 18.273.030-0, 29 años de edad, nacido el 10 de febrero del año 1991, sin oficio, domiciliado en Quellón 94, Rodelillo, Valparaíso. HECHO: “El día 29 de abril del 2019 el condenado Christopher Aguilera Navarrete se encontraba cumpliendo condena en el Centro de Educación y trabajo del Comp
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