Juzgado de Garantía de Osorno.

MP C/ PERLA PATRICIA DE LOURDES MIRANDA GONZÁLEZ

Rol

O-4893-2019

Fecha

25 de febrero de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos acreditados: Que el día 07 de septiembre de 2019 en horas de la tarde Perla Miranda González ingreso al supermercado Unimarc de calle Lynch 1278 de la ciudad de Osorno y sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño 01 trozo de carne al vacío posta negra de 1.598 kilos y 01 carne al vacío posta negra de 3.180 gramos, para luego traspasar las cajas registradora de dinero sin cancelar por esta especies, disponiendo a salir siendo retenida por los guardias quienes recuperaron las especies avaluadas en $36.607. Calificación jurídica: Hurto simple artículo 446 n° 3 del Código Penal, autora, frustrado. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 5°, 15 n°1, 30, 70, 432, 446 n°3, y demás pertinentes del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 7° y siguientes de la ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a PERLA PATRICIA DE LOURDES MIRANDA GONZÁLEZ, cédula de identidad 7.175.159-7, ya individualizada a la pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, suspensión de cargos y oficios público durante el tiempo de la condena y multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, como autora del delito frustrado de hurto simple de especie de media a 4 UTM, cometido el 7 de septiembre de 2019, en la comuna de Osorno. II.- Que, para la pena privativa de libertad, se les concede al condenado la pena sustitutiva de la reclusión parcial nocturna en recinto de Gendarmería de Chile, entre las 22:00 horas de cada día a las 06:00 horas del día siguiente. No hay abonos. Sin SFZJXRERXJ Gabriel Felipe Ortiz Salgado Juez de garantía Fecha: 02/03/2020 12:13:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C

Fundamentos

Considerando Hechos acreditados: Que el día 07 de septiembre de 2019 en horas de la tarde Perla Miranda González ingreso al supermercado Unimarc de calle Lynch 1278 de la ciudad de Osorno y sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño 01 trozo de carne al vacío posta negra de 1.598 kilos y 01 carne al vacío posta negra de 3.180 gramos, para luego traspasar las cajas registradora de dinero sin cancelar por esta especies, disponiendo a salir siendo retenida por los guardias quienes recuperaron las especies avaluadas en $36.607. Calificación jurídica: Hurto simple artículo 446 n° 3 del Código Penal, autora, frustrado.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 5°, 15 n°1, 30, 70, 432, 446 n°3, y demás pertinentes del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 7° y siguientes de la ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a PERLA PATRICIA DE LOURDES MIRANDA GONZÁLEZ, cédula de identidad 7.175.159-7, ya individualizada a la pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, suspensión de cargos y oficios público durante el tiempo de la condena y multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, como autora del delito frustrado de hurto simple de especie de media a 4 UTM, cometido el 7 de septiembre de 2019, en la comuna de Osorno. II.- Que, para la pena privativa de libertad, se les concede al condenado la pena sustitutiva de la reclusión parcial nocturna en recinto de Gendarmería de Chile, entre las 22:00 horas de cada día a las 06:00 horas del día siguiente. No hay abonos. Sin SFZJXRERXJ Gabriel Felipe Ortiz Salgado Juez de garantía Fecha: 02/03/2020 12:13:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w

Texto Completo (Preview)

RUC 1900968758-3 RIT 4893-2019 IMPUTADO (S) PERLA PATRICIA DE LOURDES MIRANDA GONZÁLEZ DOMICILIO: LOS CARRERA Nº 1516, OSORNO. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO Osorno, veinticinco de febrero de dos mil veinte. Vistos, Oído y Considerando Hechos acreditados: Que el día 07 de septiembre de 2019 en horas de la tarde Perla Miranda González ingreso al supermercado Unimarc de calle Lynch 1278 de la ciudad

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