HELENOR ROSAS BRAVO ESPINOZA C/ FABIÁN ALEJANDRO SALAZAR NÚÑEZ
Rol
O-1471-2016
Fecha
28 de febrero de 2020
Materia
LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 28 de septiembre de 2014, en horas de la mañana, la víctima CARLOS PATRICIO IBARRA VERGARA, se encontraba en una plaza de la copa de la Población O´Higgins de San Francisco De Mostazal y en dicho lugar es abordado por el imputado FABIÁN ALEJANDRO SALAZAR NÚÑEZ, quien lo insulta y luego agrede con golpes de puño y con un elemento contundente. A raíz de esta agresión la víctima sufrió lesiones de carácter grave, atribuibles a traumatismo contuso, con secuela de pérdida de visión de ojo izquierdo. Procedimiento Abreviado: Graneros, veintiocho de febrero de dos mil veinte. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a FABIÁN ALEJANDRO SALAZAR NÚÑEZ, cédula de identidad N° 0016846604-8, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo, Por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Lesiones graves, hecho cometido en el día 28 de septiembre de 2014 en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. II.- Que la pena se tendrá por cumplida por exceder con creces los 61 días y tener un abono de 401 días. Se reconocen circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Agravantes: No concurren. Atenuantes: 11 n° 7 y 11 N° 9. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. Dese orden de libertad al imputado. Remítase copia simple del acta de esta audiencia vía correo electrónico a los intervinientes.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a FABIÁN ALEJANDRO SALAZAR NÚÑEZ, cédula de identidad N° 0016846604-8, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo, Por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Lesiones graves, hecho cometido en el día 28 de septiembre de 2014 en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. II.- Que la pena se tendrá por cumplida por exceder con creces los 61 días y tener un abono de 401 días. Se reconocen circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Agravantes: No concurren. Atenuantes: 11 n° 7 y 11 N° 9. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. Dese orden de libertad al imputado. Remítase copia simple del acta de esta audiencia vía correo electrónico a los intervinientes. VHECXQBCNZ Ruben Hernan Donoso Paredes Juez de garantía Fecha: 28/02/2020 15:28:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de sep
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Juzgado de Garantía de Graneros Antonio Varas 137 de Graneros, fono 072-471799 o 072-472340 jggraneros@pjud.cl ACTA DE AUDIENCIA veintiocho de febrero de dos mil veinte Ruc: 1400940062-2 Rit: 1471 - 2016 Hora Inicio: 11:36Hora Término: 11:43 Juez: RUBÉN HERNÁN DONOSO PAREDES Tipo de Audiencia: procedimiento abreviado Delito: Lesiones graves. Imputado: FABIÁN ALEJANDRO SALAZAR NÚÑEZ C.I. N° 001684
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