Juzgado de Garantía de Coquimbo.

JONATHAN JOAQUÍN NÚÑEZ RODRÍGUEZ C/ VÍCTOR FELIPE ARIAS FUENTES

Rol

O-3481-2019

Fecha

28 de febrero de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

vistos los antecedentes y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía el Ministerio Público formuló requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Víctor Felipe Arias Fuentes, chileno, cédula de identidad N° 19.468.899-7, nacido el 24 de abril de 1998, soltero, trabajador en faena minera, domiciliado en calle Cardenal Caro, block 07, departamento N° 13, condominio Eduardo Spencer, Coquimbo, sobre los siguientes hechos: “El día 29 de junio de 2019, a las 15:45 horas aproximadamente, el imputado, ya individualizado, sustrajo y se apropió desde el interior de la tienda comercial “Ripley”, ubicada en calle Baquedano N° 86, Coquimbo, de un polerón marca Nike, especies avaluadas en la suma total de $ 34.990.- siendo sorprendido por el guardia de seguridad de dicha tienda comercial, en los instantes que el imputado traspasó las barreras de seguridad, activando el sistema de alarmas, sin cancelar el valor comercial de las especies, las que llevaba ocultas entre sus pertenencias”. En opinión del Ministerio Público los hechos descritos constituirían un delito de hurto simple previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal en relación con el artículo 432 del mismo texto legal, en grado de frustrado, por lo que solicitó una pena de cincuenta días de prisión en su grado máximo, accesorias del grado y una multa cinco unidades tributaria mensuales, con las costas de la causa. SEGUNDO: Que informado de sus derechos y advertido de las consecuencias legales de su decisión, según consta en XXEXXQBNXY Walter Erik Pinats Aliaga Juez de garantía Fecha: 28/02/2020 14:33:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl la audiencia respectiva, el imputado no reconoció su responsabilidad en los hechos materia de la imputación de la fiscalía, por lo que se citó a los testigos para la audiencia de juicio simplificado. TERCERO: Que en la audiencia de estilo, y al momento de su apertura, la fiscalía ante la ausencia de sus testigos, ha retirado toda la restante prueba ofrecida en la preparación del juicio, solicitando que el tribunal dictara la resolución que con arreglo a derecho correspondiera. Por su parte, la defensa del requerido solicitó la declaración de absolución de su representado y señaló que este no declararía en el juicio como medio de defensa. CUARTO: Que ante la ausencia de cualquier elemento que sirviera de mínimo sustrato para sostener en un juicio la pretensión punitiva fiscal, este tribunal ha dictado decisión de absolución del imputado, como se indicará en lo dispositivo de este fallo, liberando de

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 432, 446 N° 3, del Código Penal; 11, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se absuelve a Víctor Felipe Arias Fuentes, cédula de identidad N° 19.468.899-7, antes individualizado, de los cargos formulados por el Ministerio Público, materia de esta causa. II.- Que se exime a la fiscalía del pago de las costas. Anótese, regístrese en copia autorizada, y archívese en su oportunidad. RIT N° 3481-2019. RUC N° 1900701028-4. Sentencia dictada por don Walter Erik Piñats Aliaga, juez suplente del Juzgado de Garantía de Coquimbo. XXEXXQBNXY Walter Erik Pinats Aliaga Juez de garantía Fecha: 28/02/2020 14:33:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-02-28T14:33:41-0300 Corte Suprema Walter Erik Pinats Aliaga Verificación Legal

Texto Completo (Preview)

Ministerio Público con Víctor Felipe Arias Fuentes. Delito: Hurto simple art. 446 N° 3 Código penal. RUC N°: 1900701028-4. RIT N°: 3481-2019. Coquimbo, veintiocho de febrero de dos mil veinte. Oídos los intervinientes, vistos los antecedentes y considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía el Ministerio Público formuló requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Víctor Fe

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