Juzgado de Garantía de Talagante

RODRIGO ANDRES VALDENEGRO VELAZQUEZ C/ HÉCTOR LEANDRO LLANCALEO ALCHAO

Rol

O-2888-2019

Fecha

13 de febrero de 2020

Materia

USURPACION DE NOMBRE.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Que el día 09 de noviembre de 2016, el requerido HÉCTOR LEANDRO LLANCALEO ALCHAO, fue detenido por Carabineros y derivado a la 23ª Comisaria de Talagante, por el delito de Robo en Lugar Habitado. Estando en la unidad policial señaló llamarse Elías Llancaleo Alchao, usurpando el nombre de la víctima quien es hermano del requerido. Producto de la detención, HÉCTOR LEANDRO LLANCALEO ALCHAO fue puesto a disposición el Juzgado de Garantía de Talagante, donde fue controlada su detención y a la vez formalizado por el delito de Robo en Lugar Habitado, señalando llamarse ELÍAS GUILLERMO LLANCALEO ALCHAO. Esta causa dio origen a la investigación RUC 1601062217-8 y RIT 5532-2016, la que concluyó en un Juicio Oral en el Tribunal Oral de Talagante siendo el RIT N° 39-2017, en la que, al momento de solicitar su individualización, señaló llamarse nuevamente ELÍAS GUILLERMO LLANCALEO ALCHAO, RUN N° 15.364.856-5, con domicilio en Catiray N° 2395, Villa San Luis, comuna de Maipú, al término de dicha audiencia de juicio oral fue condenado a la pena 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, pena que debía cumplir de manera efectiva sosteniendo la identidad declarada y que correspondía a su hermano. Con ocasión a un procedimiento de control en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, lugar en que el requerido permanecía cumpliendo la condena, se le realizó un cotejo de identidad, dando como resultado su verdadero nombre e identidad siendo esta la de HÉCTOR LEANDRO LLANCALEO ALCHAO, RUN N° 16.172.523-4. Sentencia.: 1.- Se condena a HÉCTOR LEANDRO LLANCALEO ALCHAO, cédula de identidad N° 0016172523-4, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito consumado de Usurpacion de identidad, previsto y sancionado en el artículo 214 del Código Penal, acaecido en este territorio jurisdiccional el día 09 de noviembre de 2016. 2.- Que NO se concede pen

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HECHOS: Que el día 09 de noviembre de 2016, el requerido HÉCTOR LEANDRO LLANCALEO ALCHAO, fue detenido por Carabineros y derivado a la 23ª Comisaria de Talagante, por el delito de Robo en Lugar Habitado. Estando en la unidad policial señaló llamarse Elías Llancaleo Alchao, usurpando el nombre de la víctima quien es hermano del requerido. Producto de la detención, HÉCTOR LEANDRO LLANCALEO ALCHAO fu

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