MP/DPP C/ YASSER ALEJANDRO SILVA BARRERA
Rol
O-8-2020
Fecha
26 de febrero de 2020
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos siguientes: “La madrugada del 07 de marzo de 2019, alrededor de las 03.28 horas, en circunstancias que la víctima FELIPE ANDRES VARGAS BELMAR se encontraba prestando servicios como surtidor de gasolina en el Servicentro Copec, ubicado en Avenida Santa María N°250, en la comuna de Porvenir, momentos en que mientras descansaba al interior de una oficina de dicho recinto, llegaron al lugar los acusados YASSER ALEJANDRO SILVA BARRERA, SEBASTIAN EDUARDO MARTINEZ ALVARADO y BISMAR DAVID MOSQUERA OLAVE, quienes aprovechando la nula presencia de sujetos en el sector, y Jaime Ruben Alvarez Astete Juez Integrante Fecha: 26/02/2020 14:15:06 XEQWXQMPKB Guillermo Alfredo Cadiz Vatcky Juez Redactor Fecha: 26/02/2020 14:19:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl premunidos con armas cortopunzantes del tipo cuchillos, y vestidos con pasamontañas, overoles y guantes, hicieron ingreso a la mencionada oficina, abordando a la víctima, procediendo los imputados a intimidarla con las armas cortopunzantes, además de agredirla con dichas armas y con golpes de pies y puños en diferentes partes del cuerpo, botándola al suelo, para luego registrar a la víctima, además de la oficina donde ésta se encontraba, logrando sustraerle de entre sus vestimentas con ánimo de lucro y sin la voluntad de ella, su teléfono celular marca Samsung modelo J2 y la suma total de $52.000.- en dinero en efectivo que la víctima portaba consigo, todo mientras continuaban agrediéndola e intimidándola, momento en que la víctima logró reconocer al imputado Silva Ba
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fechas veinte y veintiuno del presente mes y año, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, constituida en la ciudad de Porvenir e integrada por los jueces doña JOVITA SOTO MALDONADO –quien la presidió- don GUILLERMO CÁDIZ VATCKY y don JAIME ÁLVAREZ ASTETE, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT 8-2020, RUC 1900254223-7, seguida por el delito de robo con violencia e intimidación en contra de los imputados SEBASTIÁN EDUARDO MARTÍNEZ ALVARADO, Cédula Nacional de Identidad N° 16.934.804-9, 31 años de edad, soltero, obrero, domiciliado en calle John Williams N° 0132 de esta ciudad, YASSER ALEJANDRO SILVA BARRERA, Cédula Nacional de Identidad Nº18.086.199-8, 27 años de edad, soltero, técnico en comercio exterior, domiciliado en Antonio Kusanovic N° 0446, Porvenir y BISMAR DAVID MOSQUERA OLAVE, Cédula de Identidad Nº26.396.500-0, 24 años de edad, soltero, obrero, domiciliado en Justo La Rivera N° 0114, Porvenir, todos representados en la audiencia por el Defensor Penal Licitado don Juan Carlos Rebolledo Pereira. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunta doña Wendoline Acuña Aliaga. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público fundó su acusación en los hechos siguientes: “La madrugada del 07 de marzo de 2019, alrededor de las 03.28 horas, en circunstancias que la víctima FELIPE ANDRES VARGAS BELMAR se encontraba prestando servicios como surtidor de gasolina en el Servicentro Copec, ubicado en Avenida Santa María N°250, en la comuna de Porvenir, momentos en que mientras descansaba al interior de una oficina de dicho recinto, llegaron al lugar los acusados YASSER ALEJANDRO SILVA BARRERA, SEBASTIAN EDUARDO MARTINEZ ALVARADO y BISMAR DAVID MOSQUERA OLAVE, quienes aprovechando la nula presencia de sujetos en el sector, y Jaime Ruben Alvarez Astete Juez Integrante Fecha: 26/02/2020 14:15:06 XEQWXQMPKB Guillermo Alfredo Cadiz Vatcky Juez Redactor Fecha: 26/02/2020 14:19:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl premunidos con armas cortopunzantes del tipo cuchillos, y vestidos con pasamontañas, overoles y guantes, hicieron ingreso a la mencionada oficina, abordando a la víctima, procediendo los imputados a intimidarla con las armas cortopunzantes, además de agredirla con dichas armas y con golpes de pies y puños en diferentes partes del cuerpo, botándola al suelo, para luego registrar a la víctima, además de la oficina donde ésta se encontraba, logrando sustraerle de entre sus vestimentas con ánimo d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 28, 31, 50, 432, 436 inciso 1°, 439 Y 449 regla 1ª del Código Penal; artículos 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, artículo Ley 17 de la Ley 19.970 y artículos pertinentes de la Ley 18.216, SE DECLARA QUE: I.- SE CONDENA a SEBASTIÁN EDUARDO MARTÍNEZ ALVARADO, a YASSER ALEJANDRO SILVA BARRERA y a BISMAR DAVID MOSQUERA OLAVE, ya individualizados, como autores del delito consumado de ROBO CON VIOLENCIA, cometido en la persona y perjuicio de Felipe Andrés Vargas Belmar el día 7 de marzo de 2019 en la ciudad de Porvenir, a sendas penas de SIETE (7) AÑOS de presidio mayor en su grado mínimo los dos primeros y a la pena de SEIS (6) AÑOS de presidio mayor en su grado mínimo el último, todos más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. II.- Atendidas las penas impuestas y no reuniendo los requisitos legales, no se aplica pena sustitutiva alguna, de aquellas establecidas en la Ley 18.216, por lo que deberán cumplir las penas privativas de libertad impuestas de manera efectiva, las que se les contarán, en el caso de Sebastián Martínez y Yasser Silva, desde el 7 de marzo de 2019 y, en el caso de Bismar Mosquera, desde el 8 del mismo mes y año, fechas desde las cuales han permanecido ininterrumpidamente
Texto Completo (Preview)
Página 1 de 37 RUC : 1900254223-7 RIT : 8-2020 ACUSADO : YASSER ALEJANDRO SILVA BARRERA- SEBASTIÁN EDUARDO MARTÍNEZ ALVARADO- BISMAR DAVID MOSQUERA OLAVE. DELITO : ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN. Punta Arenas, veintiséis de febrero de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fechas veinte y veintiuno del presente mes y año, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en
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