Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

ALEJANDRO ANTONIO MORALES AVENDAÑO C/ CHRISTIAN PATRICIO VERDUGO GRUSS

Rol

O-555-2019

Fecha

26 de febrero de 2020

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “En horas de la noche del 14 de septiembre de 2018, cerca de las 23:27, mientras personal de Carabineros de dotación de la Primera Comisaría efectuaba controles vehiculares en compañía de personal de SENDA sometió a fiscalización al conductor del vehículo matrícula RN 1553, MARCA honda , MODELO Civic, año año 1997, identificado como Christian Patricio Verdugo Gruss, y al interactuar con este último comprobaron que se desempeñaba en la conducción del automóvil en estado de ebriedad, lo que constó a personal por su hálito alcohólico, incoherencia al hablar e instabilidad al caminar. GQLXXPVVWZ Alejandro Patricio Palma Cid Juez Redactor Fecha: 26/02/2020 13:02:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 17 Practicadas las pruebas respiratorias estas dieron una dosificación de 1.80 gramos de alcohol por mil en sangre. El resultado de la muestra sanguínea, por su lado, arrojó una dosificación de 1,950 gramos de alcohol por mil en sangre. El imputado cometió el delito encontrándose suspendida su licencia de conducir por resolución judicial, limitación impuesta por sentencia de 30 de agosto de 2017 del Juzgado de garantía de Quintero, causa Rit 181- 2017”. Los hechos antes descritos, a juicio del Ministerio Público, configurarían el delito de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley de Tránsito N° 18.290, en grado de desarrollo de consuma

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes.- Que con fecha veintiuno de febrero de dos mil veinte, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por la Juez Presidente de Sala don Manuel Muñoz Chamorro y por los jueces don Claudio Correa Zacarías y don Alejandro Palma Cid, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral R.U.C: 1800907198-5, R.I.T: 555-2019, seguido en contra de Christian Patricio Verdugo Gruss, cédula de identidad número 7.491.200-1, natural de Linares, 62 años de edad, nacido el 08 de diciembre de 1957, soltero, ejecutivo de ventas ambulante, domiciliado en calle Vía Local 2 N° 275, Block E, departamento Nº 502, Miraflores Alto, Viña del Mar. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por su Fiscal don Pablo Bravo Soto la defensa fue asumida por el Defensor Penal Público, abogado don Carlos Oliva Ballón, con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación Ministerio Público.- Que los hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “En horas de la noche del 14 de septiembre de 2018, cerca de las 23:27, mientras personal de Carabineros de dotación de la Primera Comisaría efectuaba controles vehiculares en compañía de personal de SENDA sometió a fiscalización al conductor del vehículo matrícula RN 1553, MARCA honda , MODELO Civic, año año 1997, identificado como Christian Patricio Verdugo Gruss, y al interactuar con este último comprobaron que se desempeñaba en la conducción del automóvil en estado de ebriedad, lo que constó a personal por su hálito alcohólico, incoherencia al hablar e instabilidad al caminar. GQLXXPVVWZ Alejandro Patricio Palma Cid Juez Redactor Fecha: 26/02/2020 13:02:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 17 Practicadas las pruebas respiratorias estas dieron una dosificación de 1.80 gramos de alcohol por mil en sangre. El resultado de la muestra sanguínea, por su lado, arrojó una dosificación de 1,950 gramos de alcohol por mil en sangre. El imputado cometió el delito encontrándose suspendida su licencia de conducir por resolución judicial, limitación impuesta por sentencia de 30 de agosto de 2017 del Juzgado de garantía de Quintero, causa Rit 181- 2017”. Los hechos antes descritos, a juicio del Ministerio Público, configurarían el delito de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley de Tránsito N° 18.290, en grado de

Fallo

Por estas razones, el Tribunal acoge plenamente las probanzas presentadas por el Ministerio Público, estimándolas suficientes para dar por establecido los hechos consignados en el fundamento séptimo. GQLXXPVVWZ Alejandro Patricio Palma Cid Juez Redactor Fecha: 26/02/2020 13:02:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 10 de 17 DECIMO: Prueba de la Defensa.- Que la Defensa no presentó prueba propia. UNDECIMO: Tipo penal.- Que para estar en presencia de la figura típica, cuya comisión el Ministerio Público atribuye al acusado, Conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad, del artículo 196 en relación al artículo 110 inciso segundo de la Ley N° 18.290, se requiere que una persona conduzca un vehículo motorizado y lo haga encontrándose ebrio. Asimismo el artículo 111 de la referida Ley, establece que “Para la determinación del estado de ebriedad o del hecho de encontrarse bajo los efectos del alcohol, el tribunal podrá considerar todos los medios de prueba, evaluando especialmente el estado general del imputado en rel

Texto Completo (Preview)

Página 1 de 17 DELITO : Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad y sin licencia. RUC N° : 1800907198-5 RIT N° : 555-2019 ACUSADO : Christian Patricio Verdugo Gruss. DEFENSOR PENAL : Carlos Oliva Ballón. FISCAL : Pablo Bravo Soto Viña del Mar, veintiséis de febrero de dos mil veinte. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes.- Que con fecha veinti

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