SILVA/CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS LUIS CASTRO EIRL
Rol
M-92-2019
Fecha
30 de julio de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos expuestos en la demanda y en armonía con lo que dispone el artículo 453 N°3 del mismo cuerpo legal, podrá eximirse de recibir la causa a prueba cuando no hay hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, como en el caso de autos atendida la rebeldía ya indicada, dictándose sentencia en este acto. SENTENCIA DEMANDANTE: MATHIAS SILVA GÓMEZ DEMANDADA: CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LUIS FERNANDO CASTRO JORQUERA E.I.R.L. RIT: M-92-2019 RUC: 20-4-0260520-1 ___________________________________________________________/ Puente Alto, veintinueve de julio de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, viene a interponer demanda don MATHIAS SILVA GÓMEZ, chofer, domiciliado en Calle Quintay Nº813, Puente Alto; en procedimiento monitorio por Despido Injustificado, Sanción del artículo 162 incisos 5° y 7° del Código del Trabajo y Cobro de Prestaciones Laborales, en contra de su ex-empleador, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LUIS FERNANDO CASTRO JORQUERA E.I.R.L., representada por don LUIS CASTRO JORQUERA, empresario, ambos con domicilio en Calle Hotu Matua Nº01629, comuna de Puente Alto. Señala el demandante que, comenzó a trabajar para la demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia, con fecha 15 de enero de 2018, sin firmar contrato de trabajo, que jamás se indicó obra, faena o plazo que condicionara su continuidad, por lo que la relación laboral que lo unió con su ex empleador era de carácter indefinido. Añade que, su jornada de trabajo era de lunes a viernes de 08.00 am a 18.00 pm, sin colación, por lo que su jornada diaria era de 10 horas de trabajo, lo que arroja un total de 50 horas semanales, indicando que su ex empleador no tenía control de asistencia. Que, su remuneración ascendía a la suma de $500.000.- siendo esta la que se debe considerar para el pago de las indemnizaciones a que se refieren los artículos 168, 169, 170 y 171, todos del Código del Trabajo. Fundamenta lo anterior, citando jurisprudencia al respecto. Señala que, su ex e
Fallo
se resuelve: Se accede a lo solicitado, y atendido la actitud rebelde de la parte demandada y el apercibimiento establecido en el artículo 453 N° 1 inciso 7°, en virtud del cual en caso de no mediar contestación de la demanda, el Tribunal podrá tener por tácitamente admitidos los hechos expuestos en la demanda y en armonía con lo que dispone el artículo 453 N°3 del mismo cuerpo legal, podrá eximirse de recibir la causa a prueba cuando no hay hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, como en el caso de autos atendida la rebeldía ya indicada, dictándose sentencia en este acto. SENTENCIA DEMANDANTE: MATHIAS SILVA GÓMEZ DEMANDADA: CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LUIS FERNANDO CASTRO JORQUERA E.I.R.L. RIT: M-92-2019 RUC: 20-4-0260520-1 ___________________________________________________________/ Puente Alto, veintinueve de julio de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, viene a interponer demanda don MATHIAS SILVA GÓMEZ, chofer, domiciliado en Calle Quintay Nº813, Puente Alto; en procedimiento monitorio por Despido Injustificado, Sanción del artículo 162 incisos 5° y 7° del Código del Trabajo y Cobro de Prestaciones Laborales, en contra de su ex-empleador, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LUIS FERNANDO CASTRO JORQUERA E.I.R.L., representada por don LUIS CASTRO JORQUERA, empresario, ambos con domicilio en Calle Hotu Matua Nº01629, comuna de Puente Alto. Señala el demandante que, comenzó a trabajar para la demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 29/07/2020 RUC 19- 4-0178356-6 RIT M-92-2019 MAGISTRADO MOIRA RAMIREZ VALENZUELA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNA MARTINEZ M. HORA DE INICIO 15:00 horas HORA DE TERMINO 15:30 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 1940178356-6-1363 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE MATHIAS NICOLÁS SILVA GÓMEZ ABOGADO KARIN PAMELA
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