Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ IGNACIO ALFREDO MIRANDA SALINAS

Rol

O-590-2020

Fecha

25 de febrero de 2020

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 24 de febrero del año 2020, alrededor de las 13:08 horas, el imputado concurrió hasta la tienda Homecenter Sodimac ubicada en el Belloto, Freire 1351, Quilpué, con la intención de sustraer especies. Una vez en su interior, procedió a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, 01 huincha de medir que sacó desde la estantería procediendo a sacarle su envoltorio, ocultando la huincha de medir en el bolsillo trasero de su pantalón, traspasando después las cajas registradoras sin cancelar el valor comercial del producto siendo retenido por personal de seguridad al no haber cancelado los $11.990, el valor comercial de la referida huincha, siendo entregado a personal de Carabineros. SENTENCIA MONITORIO: Cumpliéndose los requisitos del artículo 392 del Código Procesal Penal y encontrándose debidamente fundado el requerimiento, el Tribunal procede a dictar sentencia en procedimiento monitorio. Vistos hoy 25 de febrero del año 2020, conforme a los antecedentes que han sido expuestos y los antecedentes de imputación: 1.- Se condena a IGNACIO ALFREDO MIRANDA SALINAS, cédula de identidad N° 15.560.608-8, a la pena de MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor de la falta frustrada de hurto, del artículo 494 bis del Código Penal. 2.- Que para efectos del pago de la multa correspondiente, deberá ésta ser enterada en Tesorería Municipal de la Ilustre Municipalidad de Quilpué, dentro del plazo de 5 días de ejecutoriada la presente resolución. 3.- Que, sin perjuicio de lo señalado, de conformidad a lo establecido en el artículo 398 del Código Procesal Penal, entendiéndolo más favorable para el encausado se suspende la imposición de la sentencia y sus efectos durante el plazo de seis meses, en cuyo término, de no obrar requerimiento o formalización posterior deberá ser sobreseído definitivamente. Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por haber sido dictada la sentencia en un procedimiento

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HECHOS: El día 24 de febrero del año 2020, alrededor de las 13:08 horas, el imputado concurrió hasta la tienda Homecenter Sodimac ubicada en el Belloto, Freire 1351, Quilpué, con la intención de sustraer especies. Una vez en su interior, procedió a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, 01 huincha de medir que sacó desde la estantería procediendo a sacarle su envoltorio, oculta

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