MINISTERIO PUBLICO C/ MAXIMILIANO ANTONIO FIGUEROA MEJÍAS
Rol
O-5848-2017
Fecha
21 de febrero de 2020
Materia
OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía se realizó la audiencia de procedimiento abreviado, en los antecedentes RUC 1701166899-2, RIT 5848-2017, con la asistencia del Fiscal, en representación del Ministerio Público, del defensor penal y del imputado MAXIMILIANO ANTONIO FIGUEROA MEJIAS, Cédula de Identidad N°19.832.806-5, se desconoce profesión u oficio, con domicilio en Pasaje Aucanche N° 2632, Villa El Canelo, comuna de Padre Hurtado y en calle El Canelo N° 2632, comuna de Padre Hurtado. Que para proceder en procedimiento abreviado se propuso el reconocimiento de la atenuante del artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal. SEGUNDO: Que, el Sr. Fiscal del Ministerio Público, presentó acusación en contra del imputado MAXIMILIANO ANTONIO FIGUEROA MEJIAS, por su responsabilidad en calidad de autor de los delitos de Receptación del artículo 456 Bis A del Código Penal. TERCERO: Que, después de consultar al imputado MAXIMILIANO ANTONIO FIGUEROA MEJIAS y establecer que, asistido por su Defensor Penal, prestó su conformidad al procedimiento abreviado en forma libre y voluntaria, conociendo su derecho a exigir un juicio oral, que entendió los términos del acuerdo y las consecuencias que pudiere significarle, y que no fue objeto de coacciones ni presiones indebidas por parte del fiscal o terceros, el tribunal admitió a tramitación el procedimiento abreviado, teniendo en consideración para ello que, la pena solicitada por el fiscal no supera el límite legal y que el imputado aceptó los hechos que fundan la acusación y los antecedentes de la investigación. CUARTO: Que, el Ministerio Público en la audiencia respectiva, dio una extensa lectura a los antecedentes de la investigación los que fueron aceptados por el acusado MAXIMILIANO ANTONIO FIGUEROA MEJIAS. QUINTO: Que, los hechos que dieron lugar a la acusación en los términos expuestos por el Ministerio Público y que fueron libre y expresamente aceptados por el imputado son los siguientes: El Día 09 de diciembre de
Fundamentos
FUNDAMENTOS Y DE CONFORMIDAD ADEMÁS con lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 N° 6 Y 9, 15 Nº 1, 18, 21, 22, 25, 30, 51, 68 del Código Penal; 45, 47, 248, 259, 297, 343, 344, 407, 408, 409, 410, 411, 412, 413 y 415 del Código Procesal Penal,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a MAXIMILIANO ANTONIO FIGUEROA MEJIAS, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a pagar una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y se le exime del pago de las costas de la causa en su calidad de AUTOR del delito de RECEPTACION, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal en grado de consumado, hecho ocurrido en esta jurisdicción y a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y se le exime del pago de las costa de la causa como autor del delito de UTILIZACIÓN A SABIENDAS DE UNA PLACA PATENTE QUE CORRESPONDE A JBVXXPVXXP CHRISTIAN GABRIEL CACERES MOLINA Juez de garantía Fecha: 25/02/2020 16:09:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4 OTRO VEHÍCULO, previsto y sancionado en el Art. 192 letra E) de la Ley N° 18.290 ocurrido en esta jurisdicció
Texto Completo (Preview)
1 Talagante a veintiuno de febrero del año dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía se realizó la audiencia de procedimiento abreviado, en los antecedentes RUC 1701166899-2, RIT 5848-2017, con la asistencia del Fiscal, en representación del Ministerio Público, del defensor penal y del imputado MAXIMILIANO ANTONIO FIGUEROA MEJIAS, Cédula de Identidad N°19.832.806-5, se d
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