C/ CAMILO FRANCISCO ANTONIO GALLEGOS BERNAL
Rol
O-914-2019
Fecha
24 de febrero de 2020
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y de derecho que a continuación expone: El día cuatro de marzo del año dos mil diecinueve, aproximadamente a las 14:00 horas en el domicilio ubicado en calle Comadrejas N° 1752 de la comuna de Cerro Navia el imputado, luego de una discusión procedió a amenazar de manera seria y verosímil a la víctima su exconviviente doña TAHIS IGNACIA GAJARDO HENRIQUEZ a quien le señalo “que te vea con otro weon estay clara que te voy a matar a ti y al otro”, para luego el imputado propinarle golpes de puño en el rostro ocasionándole como consecuencia de esta agresión lesiones de carácter leves, consistentes en lesiones leves en cabeza según informe de lesiones respectivos; Calificación jurídica, grado de desarrollo del delito y participación: Los hechos signados con el Nº1 son constitutivos de un delito de AMENAZAS SIMPLES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal y los hechos signados con el Nº2 son constitutivos de un delito de y de un delito de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, contemplado en el artículo 399, en relación al artículo 400 y 494 N° 5 del Código Penal. Corresponde a la requerida participación en calidad de AUTOR en todos los ilícitos, encontrándose todos en grado de desarrollo FTXMXPCTVK CARLOS DANIEL GUTIERREZ MOYA Juez de garantía Fecha: 25/02/2020 12:04:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Poder Judicial 2 CONSUMADO. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: A juicio de esta Fiscalía conc
Fallo
SE DECLARA: I.- Que el imputado CAMILO FRANCISCO ANTONIO GALLEGOS BERNAL ya individualizado, es INOCENTE en los dos cargos criminales contenidos en el requerimiento del Ministerio Público, y en consecuencia, SE ABSUELVE al imputado CAMILO FRANCISCO ANTONIO GALLEGOS BERNAL del cargo criminal de autor del simple delito de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar proferidas a su exconviviente TAHIS IGNACIA GAJARDO HENRÍQUEZ, en grado consumado, que según el requerimiento se había perpetrado el día cuatro de marzo del año dos mil diecinueve en la comuna de Cerro Navia de la ciudad de Santiago y, asimismo, SE ABSUELVE al imputado CAMILO FRANCISCO ANTONIO GALLEGOS BERNAL del cargo criminal de autor del simple delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar infligidas a su exconviviente TAHIS IGNACIA GAJARDO FTXMXPCTVK CARLOS DANIEL GUTIERREZ MOYA Juez de garantía Fecha: 25/02/2020 12:04:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Poder Judicial 5 HENRÍQUEZ, en grado consumado, que según el r
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Poder Judicial 1 Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veinte. PRIMERO: Que ante el Quinto Juzgado de Garantía de Santiago el fiscal adjunto del Ministerio Público don CRISTIAN ANDRÉS MENESES DÍAZ presentó requerimiento en procedimiento simplificado en la causa RUC 1900239488-2, RIT 914-2019, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en contra
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