1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RIVAS/CUATRO SPA

Rol

M-590-2020

Fecha

29 de julio de 2020

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda, razón por la cual, y no habiendo hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, el Tribunal omitirá Recibir la causa a prueba y pasará a dictar sentencia. Sentencia: Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016. Artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Santiago a veintinueve de julio de dos mil veinte. Vistos, oídos y

Fundamentos

considerando: Y visto lo dispuesto en el artículo 7,8,9,73,161,162,168,453,496 y ss del Código del Trabajo

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demandada de autos interpuesta por don Emanuelle Ignacio Rivas Uribe, en contra de la demandada Cuatro Spa representada legalmente por Saúl Roberto Trajtmann Krystal ya individualizados y en consecuencia se declara: a. Indebido y carente de motivo plausible el despido que fue objeto el actor con fecha 14 de diciembre de 2019, indicándose que la terminación de la relación laboral aconteció en dicha fecha en virtud de la causal del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es necesidades de la empresa b. Que la demandada de autos deberá pagar la suma de $ 197.107 por concepto de indemnización sustituida del aviso previo al actor. c. Que la demandada deberá pagar la suma de $ 155.891 por concepto de feriado proporcional al actor. d. Que la demandada deberá pagar la suma de $ 73.929 y $ 98.572 por concepto de remuneraciones adeudadas al actor en los tres días de noviembre 2019 y cuatro días del mes de diciembre de 2019, respectivamente. e. Que la demandada deberá pagar dichas cantidades con los reajustes e intereses señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo II. Que no se condena en costas a la demandada por no haber existido oposición a su respecto en la audiencia de juicio monitoria. Se notificará a la parte demandante por correo electrónico y por estado diario a la demandada. RIT : M-590-2020 RUC : 20- 4-0253513-0 Dirigió la audiencia don MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Traba

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 29/07/2020, Santiago RUC 20- 4-0253513-0 RIT M-590-2020 CARATULADO RIVAS/CUATRO SPA MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jocelyn Peñailillo L. HORA DE INICIO 10:31 HORA DE TERMINO 14:00 SALA Virtual 4 Nº REGISTRO DE AUDIO 2040253513-0-1348 PARTE DEMAN

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