MEDINA/SOCIEDAD COMERCIAL DE TELECOMUNICACIONES ASAP COMUNICACIONES LIMITADA
Rol
O-47-2020
Fecha
29 de julio de 2020
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos: 7, 8, 10, 63, 161, 162, 163, 183 A y siguientes, 420 y 425 a 459, todos del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge parcialmente la demanda deducida por JOSÉ REINALDO MEDINA TORRES en contra de la demandada principal ASAP COMUNICACIONES LTDA., ambas ya individualizadas, declarándose injustificado el despido y condenándose a la demandada señalada al pago de las siguientes prestaciones: a) $2.000.000, por indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $18.533.333, por indemnización de lucro cesante entre el 24 de octubre de 2019 y 31 de julio de 2020; c) $1.166.666, correspondientes a 17.5 días de feriado proporcional; d) $1.533.333, por remuneraciones correspondientes a 23 días del mes de octubre de 2019; II. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses de los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo; III. Que se acoge parcialmente la demanda en contra de Claro Chile S.A., quien deberá responder subsidiariamente por el feriado ordenado pagar en la letra c) precedente, aunque sólo parciamente por la suma de $233.333 (3.5 días corridos), conforme se consignó en el
Fundamentos
considerando DUODÉCIMO. IV. Que cada parte pagará sus costas. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día. En caso contrario, dése inicio a su ejecución de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.- Regístrese y archívense los autos en su oportunidad. Dirigió don VICTOR COVARRUBIAS SUAREZ, Juez Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintinueve de julio de dos mil veinte.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos: 7, 8, 10, 63, 161, 162, 163, 183 A y siguientes, 420 y 425 a 459, todos del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge parcialmente la demanda deducida por JOSÉ REINALDO MEDINA TORRES en contra de la demandada principal ASAP COMUNICACIONES LTDA., ambas ya individualizadas, declarándose injustificado el despido y condenándose a la demandada señalada al pago de las siguientes prestaciones: a) $2.000.000, por indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $18.533.333, por indemnización de lucro cesante entre el 24 de octubre de 2019 y 31 de julio de 2020; c) $1.166.666, correspondientes a 17.5 días de feriado proporcional; d) $1.533.333, por remuneraciones correspondientes a 23 días del mes de octubre de 2019; II. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses de los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo; III. Que se acoge parcialmente la demanda en contra de Claro Chile S.A., quien deberá responder subsidiariamente por el feriado ordenado pagar en la letra c) precedente, aunque sólo parciamente por la suma de $233.333 (3.5 días corridos), conforme se consignó en el considerando DUODÉCIMO. IV. Que cada parte pagará sus costas. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día. En caso contrario, dése inicio a su ejecución de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a las partes por notificadas d
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 29 DE JULIO DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 20-4-0241492-9 RIT O-47-2020 SALA 1 (Sala virtual) MAGISTRADO VICTOR COVARRUBIAS SUAREZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN PANES GARRIDO HORA DE INICIO 12.35 HORAS HORA DE TERMINO 13.25 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2040241492-9-
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