MP C/ PATRICIO FERNANDO LEPE RETAMALES
Rol
O-1616-2020
Fecha
22 de febrero de 2020
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos III.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. IV.- Que, en la oportunidad procesal que corresponda, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Redactada el juez MAURICIO POBLETE ERICES. JJNDXXJCKY Juan Mauricio Poblete Erices Juez de garantía Fecha: 24/02/2020 11:51:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl RUC Nr. 2000203496-5.- RIT N°: 16116 – 2020.- SENTENCIA PRONUNCIADA POR EL MAGISTRADO MAURICIO POBLETE ERICES, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO. JJNDXXJCKY Juan Mauricio Poblete Erices Juez de garantía Fecha: 24/02/2020 11:51:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-02-24T11:51:02-0300 Corte Suprema Juan Mauricio Poblete Erices Verificación Legal
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º Que, teniendo en consideración que el imputado, Patricio Fernando Lepe Retamales, 58 años, pintor, cédula de identidad N° 7.786.551-9, domiciliado en calle Antihuen Nº 0520, Población Lanín, Temuco, fue requerido por la comisión de un hecho ilícito constitutivo de hurto falta, señalado en los artículos 494 bis del código de castigo, que se encuentra en grado de tentado y en el que se atribuye al encartado participación de autor. 2º Que, el Ministerio Público, fundó su requerimiento en: “Que, el 21 de febrero de 2020, aproximadamente a las 17:30 horas, el imputado Patricio Fernando Lepes Morales concurrió hasta el supermercado Lider, ubicado en calle Prieto Norte N°320 de Temuco, y en dicho local sustrajo un trozo de carne lomo liso, avaluado en la suma de $20.729 pesos, retirándose del lugar sin cancelar el valor.”. Así, con el afán de que el imputado reconociera su responsabilidad, propuso la imposición de una pena de multa de una unidad tributaria mensual por el ilícito de hurto falta, contemplado en el artículo 494 bis del código punitivo. 3º Que, teniendo en cuenta la calificación jurídica que el ente acusador le ha atribuido al hecho ilícito se consultó al imputado si admitía su responsabilidad de acuerdo a lo que previene el artículo 395 del código de enjuicimiento, lo que efectivamente ocurrió siendo acreedor por ello a la minorante del artículo 11 Nº9 del código punitivo. JJNDXXJCKY Juan Mauricio Poblete Erices Juez de garantía Fecha: 24/02/2020 11:51:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4º Que, la defensa no formuló alegaciones sobre la existencia del hecho punible, ni su grado de desarrollo y tampoco respecto a la participación que se la atribuye al imputado en ellos. 5º Que, la defensa orientó su alegación en orden a solicitar que al imputado se le diera por cumplida la multa solicitada por el acusador y que ésta se rebaje a un tercio de unidad tributaria mensual.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12N°16, 15 N°1, 30, 49, 67, 70, 494 Bis del Código Penal; y los artículos 395 y siguientes Código Procesal Penal Y artículo 20 y siguientes de la Ley 20.084; SE DECLARA que: I.- Que, se condena a Patricio Fernando Lepe Retamales, cédula de identidad N° 7.786.551-9, a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por la responsabilidad que en calidad de autor le correspondió en el hecho ilícito constitutivo de hurto falta en grado de frustrado. Hecho ocurrido el 21 de febrero de 2020, en perjuicio de supermercado Lider. II.- Que, en cuanto a la pena pecuniaria, se le dará por cumplida por el tiempo que ha estado privada de libertad, a consecuencia de estos hechos III.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. IV.- Que, en la oportunidad procesal que corresponda, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Redactada el juez MAURICIO POBLETE ERICES. JJNDXXJCKY Juan Mauricio Poblete Erices Juez de garantía Fecha: 24/02/2020 11:51:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua
Texto Completo (Preview)
TEMUCO, veintidos de febrero de dos mil veinte. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: 1º Que, teniendo en consideración que el imputado, Patricio Fernando Lepe Retamales, 58 años, pintor, cédula de identidad N° 7.786.551-9, domiciliado en calle Antihuen Nº 0520, Población Lanín, Temuco, fue requerido por la comisión de un hecho ilícito constitutivo de hurto falta, señalado en los artículos 494 bis del códi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica