FISCALIA ALTO HOSPICIO C/ GUSTAVO FABIÁN ZÁRATE ZAMORANO
Rol
O-806-2019
Fecha
24 de febrero de 2020
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Que el día 13 de Mayo de 2019, a eso de las 15:30 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Marcia Sánchez Silva, llegó hasta su domicilio, ubicado en Pasaje Volcán Isluga N° 4151, de Alto Hospicio, al ingresar se percató que su ex-cónyuge y padre de hijos en común, el acusado GUSTAVO FABIAN ZARATE ZAMORANO, se encontraba al interior del dormitorio de la casa de la víctima. Con ello el acusado contravino las penas accesorias vigentes por el término 2 años de Prohibición de Acercarse a la Víctima y Abandono de Hogar Común, decretadas por sentencia firme y ejecutoriada, notificadas personalmente en audiencia de Procedimiento Abreviado, el día 06 de Noviembre de 2018, en causas RIT N° 233-2018, RUC N° 1800063803-6; RIT N° 580-2018, RUC N° 1800261248-9; y RIT N° 1648-2017, RUC N° 1700454490-0, todas dictadas por el XQXGXPMFXX Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez Redactor Fecha: 24/02/2020 13:17:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Juzgado de Garantía de Alto Hospicio. La víctima al solicitarle al acusado que abandonara el inmueble, este hizo caso omiso, por lo que requirió la presencia de personal de Carabineros, quienes al llegar al lugar detienen al acusado.” Sostuvo el Ministerio Público que el hecho relatado se califica jurídicamente como constitutivo de un delito de desacato en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 5° de la Ley 20.066, en grado de ejecución consumado, atribuyéndole al acu
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día diecinueve de febrero del presente año, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces titulares don Rodrigo Vega Azócar, quien presidió, don Juan Ibacache Cifuentes y don Cristián Alfonso Durruty, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en esta causa Rit N° 806-2019, seguida en contra de don GUSTAVO FABIÁN ZÁRATE ZAMORANO, C.I. N°12.278.452-5, chileno, nacido en la comuna de Puente Alto, el 06 de agosto de 1972, de 47 años de edad, casado, estudios básicos completos, mecánico electrónico, domiciliado en Pasaje Coltauco N° 3270 de Alto Hospicio. Fue parte acusadora en este juicio, el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto Subrogante doña Alejandra Gálvez Guillén. La asistencia letrada del acusado estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública doña Paula Pavez Aguirre. SEGUNDO: Acusación. Que el ente persecutor fundó la acusación formulada en contra del imputado, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, en la ocurrencia de los siguientes hechos: “Que el día 13 de Mayo de 2019, a eso de las 15:30 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Marcia Sánchez Silva, llegó hasta su domicilio, ubicado en Pasaje Volcán Isluga N° 4151, de Alto Hospicio, al ingresar se percató que su ex-cónyuge y padre de hijos en común, el acusado GUSTAVO FABIAN ZARATE ZAMORANO, se encontraba al interior del dormitorio de la casa de la víctima. Con ello el acusado contravino las penas accesorias vigentes por el término 2 años de Prohibición de Acercarse a la Víctima y Abandono de Hogar Común, decretadas por sentencia firme y ejecutoriada, notificadas personalmente en audiencia de Procedimiento Abreviado, el día 06 de Noviembre de 2018, en causas RIT N° 233-2018, RUC N° 1800063803-6; RIT N° 580-2018, RUC N° 1800261248-9; y RIT N° 1648-2017, RUC N° 1700454490-0, todas dictadas por el XQXGXPMFXX Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez Redactor Fecha: 24/02/2020 13:17:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Juzgado de Garantía de Alto Hospicio. La víctima al solicitarle al acusado que abandonara el inmueble, este hizo caso omiso, por lo que requirió la presencia de personal de Carabineros, quienes al llegar al lugar detienen al acusado.” Sostuvo el Ministerio Público que el hecho relatado se califica jurídicamente como constitutivo de un delito de desacato en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, en relación
Fallo
se declara: I.- Que se absuelve a Gustavo Fabián Zárate Zamorano, antes individualizado, de los cargos formulados en su contra en orden a ser autor de un delito consumado de desacato en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código de XQXGXPMFXX Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez Redactor Fecha: 24/02/2020 13:17:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 6 Procedimiento Civil, en relación con el artículo 5° de la Ley 20.066, supuestamente perpetrado el día 13 de mayo de 2019, en la comuna de Alto Hospicio. II.- Que, se libera al Ministerio Público del deber de solventar el pago de las costas producidas en esta sede. Ofíciese, en su oportunidad, a los organismos que corresponda para comunicar lo resuelto y remítanse los antecedentes necesarios al Juez(a) de Garantía de esta causa para la ejecución y cumplimiento de las penas. REGÍSTRESE. RUC N° 1.900.512.025-2. RIT N° 806-2019. Redactada la sentencia por el magistrado don Cristián Alfonso Durruty. Dictada por una sala del Tribunal
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ GUSTAVO FABIAN ZÁRATE ZAMORANO. RUC: 1.900.512.025-2. RIT: 806-2019. DELITO: DESACATO. Iquique, a veinticuatro de febrero de dos mil veinte. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día diecinueve de febrero del presente año, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces tit
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