MP C/ SERGIO NICOLÁS CASTILLO SANTANDER
Rol
O-8745-2019
Fecha
21 de febrero de 2020
Materia
DESORDENES EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS (494 Nº 1 CÓDIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS LOS ANTECEDENTES Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público, interpuso requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de SERGIO NICOLAS CASTILLO SANTANDER, cédula de identidad N°19.947.484-7, chileno, soltero, nacido el 12 de Abril de 1998, ignora profesión u oficio, domiciliado en Ercio Mettifogo No. 2736 de la comuna de La Serena, representado por una abogada defensora penal de esta ciudad, y solicitó se le sancionara por su responsabilidad como autor de un delito de desórdenes públicos, previsto y sancionado en el artículo 269 inciso primero del Código Penal. SEGUNDO: Que, los hechos en virtud de los cuales el Ministerio Público dedujo requerimiento son los siguientes, que se reproducen literalmente de su presentación: “El día 19 de Noviembre de 2019, a las 21:35 horas aproximadamente, en la intersección de Avenida Francisco de Aguirre con Balmaceda, comuna de La Serena, el acusado Sergio Nicolás Castillo Santander, en compañía de un grupo de sujetos no identificados en la presente investigación, fue sorprendido por funcionarios de Carabineros de Chile, armando una barricada incendiaria y arrojando objetos contundentes a personal policial, obstaculizando gravemente el normal flujo vehicular de dichas arterias en la vía púbica, impidiendo de esta forma el restablecimiento del orden público en el lugar. En atención a la conmoción social que afecta actualmente al país, hecho público y notorio a la fecha del ilícito, el imputado con su actuar provocó desórdenes destinados a alterar seriamente la tranquilidad pública.” TERCERO: Que, informado de sus derechos y advertido de las consecuencias legales de su decisión, según consta en la audiencia respectiva, el imputado no admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, por lo que el Tribunal, realizó la preparación del juicio oral simplificado y citó a los intervinientes a la audiencia de juicio oral, como lo prescribe para estos casos la ley procesal penal. XNTXXXEVEX CLAUDIO MARCELO AYALA OYANEDEL Juez de garantía Fecha: 21/02/2020 16:03:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl CUARTO: Que, en la audiencia de juicio oral simplificado y con el objeto de dar por acreditado los hechos materia de su requerimiento, el Ministerio Público presentó las siguientes pruebas: 1.- Declaración de don Darwin Valenzuela Valenzuela, Funcionario de Carabineros, quien sobre los hechos refirió que ocurrieron el día 19 de noviembre de 2019, alrededor de las 21:35 horas, en calle Francisco de Aguirre esquina
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 48, 296, 297, 339, 340, 342, 343, 344, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 269 bis del Código Penal, se declara: I.- Que, SE ABSUELVE a don SERGIO NICOLAS CASTILLO SANTANDER, cédula de identidad N°19.947.484-7, ya individualizado, de los cargos formulados por el Ministerio Público como autor de un delito de desórdenes públicos, previsto y sancionado en el artículo 269 inciso primero del Código Penal, acaecido supuestamente en esta comuna el día 19 de noviembre de 2019. II.- Que, no se condena al Ministerio Público al pago de las costas de esta causa, por haber tenido motivo plausible para presentar su requerimiento. Anótese, regístrese en copia autorizada, y archívese en su oportunidad. RUC Nº 1901252577-2 RIT Nº 8745-2019. Dictada por don Claudio Ayala Oyanedel, Juez de Garantía. XNTXXXEVEX CLAUDIO MARCELO AYALA OYANEDEL Juez de garantía Fecha: 21/02/2020 16:03:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-02-21T16:03:40-0
Texto Completo (Preview)
La Serena, a veintiuno de febrero del año dos mil veinte. OIDOS LOS INTERVINIENTES, VISTOS LOS ANTECEDENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público, interpuso requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de SERGIO NICOLAS CASTILLO SANTANDER, cédula de identidad N°19.947.484-7, chileno, soltero, nacido el 12 de Abril de 1998, ignora
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica