Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.

MINISTERIO PUBLICO C/ NIBALDO ANTONIO DUARTE ARCOS

Rol

O-307-2019

Fecha

21 de febrero de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha dieciocho de febrero del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, presidido por el juez don Eduardo Hilario Rodríguez Muñoz e integrado por los jueces, don Héctor Cecil Gutiérrez Massardo y don Carlos Gabriel Rojas Staub, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral en la causa Rol Único Nº 1900015478-7 y Rol Interno del tribunal Nº 307-2019, seguida en contra de Nibaldo Antonio Duarte Arcos, natural de Arica, nacido el 16 de enero de 1983 en Arica, 37 años de edad, casado, camionero, domiciliado en Pasaje Carahue N° 894, Cardenal Raúl Silva Henríquez de Arica, cédula de identidad Nº15.008.025-8, actualmente privado de libertad con la medida cautelar de prisión preventiva en el Complejo Penitenciario de Acha. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el fiscal adjunto doña Claudia Toledo Ramos, con domicilio en calle Manuel Rodríguez Nº 363, de Arica. La defensa del acusado estuvo a cargo de la defensoría penal pública, representada por el abogado señor Claudio Olivares Orellana domiciliado para estos efectos en calle Blanco Encalada N° 1142 de Arica. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, son los siguientes: “El día 04 de Enero de 2019, a las 04:20 horas aproximadamente, el acusado, ya individualizado, concurrió hasta el inmueble ubicado en pasaje El Rodano N° 574 de la Villa Pedro Lagos de esta comuna, y una vez en el lugar ingresó al interior mediante escalamiento del portón de ingreso de vehículo de una altura de 1.80 metros, en donde hay un espacio entre la reja y el techo del antejardín de 60 centímetros de obertura, una vez que accedió al interior del inmueble específicamente en el antejardín, se dirigió hasta una jaula donde se encontraba un Loro de la especie Guacamayo abriendo la puerta de la jaula, sustrayendo el ave de propiedad de la víctima de iniciales J.A.V.N., introduciéndolo al interior de una mochila que

Fallo

Por estas mismas razones no es posible acceder a la petición de recalificar los hechos como un delito de receptación, primero, que con ello se vulneraría el principio de congruencia establecido en el artículo 341 del Código Procesal Penal ya que significaría establecer circunstancias distintas que las señaladas en la acusación y, por otro lado, la prueba indica que no es verosímil la tesis propuesta por el acusado de que un tercero le ofreció una especie correspondiente a un ave de gran tamaño y de valor. DUODÉCIMO: Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 343 del Código Procesal Penal, luego de pronunciada la sentencia de deliberación, se llamó a las partes a debatir sobre las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal ajenas al hecho punible y de factores relevantes para la determinación y cumplimiento de la pena. La defensa del acusado sostuvo que se le considere la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, dado que acompañó a las personas a la comisaria pudiendo fugarse; además declaró a pesar de presentar una tesis alterativa, se ha situado en el lugar y que estaba en posesión de la especie y de cómo la adquirió. Por lo pide la pena en su mínimo de 5 años y un día. El Ministerio Público en la misma oportunidad procesal sostuvo que se opone al 11 N° 9 del Código Penal, ya que es llevado a la fuerza como lo dijo al testigo y el funcionario de carabineros y su declaración presenta una tesis distinta. Reitera la petición de pena indicada en la a

Texto Completo (Preview)

1 Arica, a veintiuno de febrero de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha dieciocho de febrero del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, presidido por el juez don Eduardo Hilario Rodríguez Muñoz e integrado por los jueces, don Héctor Cecil Gutiérrez Massardo y don Carlos Gabriel Rojas Staub, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral en la causa Rol Ún

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