CRISTOBAL MATIAS ACEITUNO VALENZUELA C/ ALBERTO RUBÉN FUENTES LÓPEZ
Rol
O-3353-2019
Fecha
21 de febrero de 2020
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3,18, 456 bis A del Código Penal; artículos 48, 295, 296, 297, 340, 341, 342 y 347 del Código Procesal Penal; se declara: I. Que se absuelve a Alberto Rubén Fuentes López, ya individualizado, del requerimiento formulado en su contra por el Ministerio Público por el delito Receptación de especies, descrito en el artículo 456 bis A del Código Penal por los hechos supuestamente acaecidos el día 18 de marzo de 2019 en la comuna de San Bernardo, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Ejecutoriado el presente fallo, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 347 del Código Procesal Penal. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia; Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. RUC 1900295509-4 RIT 3353 – 2019 DYPYXXVEKW PAMELA BEATRIZ MUNOZ CANALES Juez de garantía Fecha: 24/02/2020 10:17:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Dictada por PAMELA BEATRIZ MUÑOZ CANALES, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo. DYPYXXVEKW PAMELA BEATRIZ MUNOZ CANALES Juez de garantía Fecha: 24/02/2020 10:17:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ar
Fallo
se declara: I. Que se absuelve a Alberto Rubén Fuentes López, ya individualizado, del requerimiento formulado en su contra por el Ministerio Público por el delito Receptación de especies, descrito en el artículo 456 bis A del Código Penal por los hechos supuestamente acaecidos el día 18 de marzo de 2019 en la comuna de San Bernardo, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Ejecutoriado el presente fallo, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 347 del Código Procesal Penal. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia; Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. RUC 1900295509-4 RIT 3353 – 2019 DYPYXXVEKW PAMELA BEATRIZ MUNOZ CANALES Juez de garantía Fecha: 24/02/2020 10:17:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Dictada por PAMELA BEATRIZ MUÑOZ CANALES, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo. DYP
Texto Completo (Preview)
ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA ENJUICIO ORAL SIMPLIFICADO Fecha : veintiuno de febrero de dos mil veinte. Imputado : ALBERTO RUBÉN FUENTES LÓPEZ, cédula de identidad N° 0014276064-9, nacido el 07 de abril de 1971, con domicilio en Calle SANTA TERESA 1808 Nº ., comuna de San Bernardo.. Víctima : NN. Fiscal : ALEJANDRA VARGAS LAY. Defensor : JAVIERA ANCIETA, Defensor Público Delito : RECEPTACION.
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