MP C/ FELIPE IGNACIO RAMÍREZ ACEVEDO
Rol
O-1313-2019
Fecha
20 de febrero de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 18, 436, 432 y demás pertinentes del Código Penal; 297, 340 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se ABSUELVE a don FELIPE IGNACIO RAMIREZ ACEVEDO, Cédula Identidad N° 20.183.281-0; ya individualizado, por su responsabilidad en calidad de autor del delito frustrado de Hurto Simple previsto y sancionado en el art. 446 del Código Penal, hechos supuestamente cometidos el día 23 de julio de 2019 en territorio jurisdiccional del Tribunal. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido
Fundamentos
motivos plausibles para litigar. Las partes renuncian a los plazos y recursos legales. Dirigió la audiencia y resolvió - DIEGO MUÑOZ PACHECO. KXSWXXKMMX Diego Alberto Munoz Pacheco Juez de garantía Fecha: 21/02/2020 10:52:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-02-21T10:52:13-0300 Corte Suprema Diego Alberto Munoz Pacheco Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 18, 436, 432 y demás pertinentes del Código Penal; 297, 340 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se ABSUELVE a don FELIPE IGNACIO RAMIREZ ACEVEDO, Cédula Identidad N° 20.183.281-0; ya individualizado, por su responsabilidad en calidad de autor del delito frustrado de Hurto Simple previsto y sancionado en el art. 446 del Código Penal, hechos supuestamente cometidos el día 23 de julio de 2019 en territorio jurisdiccional del Tribunal. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivos plausibles para litigar. Las partes renuncian a los plazos y recursos legales. Dirigió la audiencia y resolvió - DIEGO MUÑOZ PACHECO. KXSWXXKMMX Diego Alberto Munoz Pacheco Juez de garantía Fecha: 21/02/2020 10:52:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-02-21T10:52:13-0300 Corte Suprema Diego Alberto Munoz Pacheco Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha Quintero., veinte de febrero de dos mil veinte Magistrado DIEGO MUÑOZ PACHECO Fiscal LUIS VENTURA PINZON Defensor MARIA PAZ ALIAGA Querellante No Comparece Hora inicio 11:37AM Hora termino 11:41AM Sala Sala N° 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Quintero. Acta mmo RUC 1900787286-3 RIT 1313 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCIO
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