Juzgado de Garantía de Iquique.

FISCALIA IQUIQUE C/ NILE MOCHO QUISPE

Rol

O-4497-2019

Fecha

19 de febrero de 2020

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS El día 23 de agosto del 2019, alrededor de las 03:00 horas, en la avanzada Aduanera rio Loa, ubicada en la Ruta A-1 KM 266, Iquique, las acusadas NILE MOCHO XXERXNZKLX Frederick Arturo Rocco Alvarado Juez de garantía Fecha: 20/02/2020 08:12:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl QUISPE Y SADIONICIA AGUSTINA MAMANI, pasajeras del bus de la empresa Expreso Norte itinerario Arica - Santiago p.p.u. HRXJ.31 al ser fiscalizadas por personal del Servicio Nacional de Aduanas, fueron sorprendidas transportando en forma oculta en sus cavidades abdominales ovoides con droga. Ambas acusadas comenzaron con la evacuación de los mismos, en dependencias de la avanzada, para luego, ser trasladas al Hospital Regional de Iquique, en donde permanecieron recluidas hasta el término del Proceso de evacuación, es decir, hasta el día 24 de agosto del 2019. En total, la acusada Dionicia Mamani Laura evacuó la cantidad de 81 ovoides contenedores de una sustancia que resultó ser cocaína con un peso de 1064,60 gramos y la acusada Nile Mocho Quispe evacuó 77 ovoides contenedores también de cocaína con un peso de 1018,23 gramos. SE DECLARA: Que, se CONDENA a NILE MOCHO QUISPE, cédula de identidad para extranjeros Nº 0014873403-8 y DIONICIA AGUSTINA MAMANI LAURA, cédula de identidad para extranjeros Nº 0014873427-5, ya individualizadas, como autoras del delito consumado de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en esta jurisdicción, el día 23 de agosto de

Fallo

SE DECLARA: Que, se CONDENA a NILE MOCHO QUISPE, cédula de identidad para extranjeros Nº 0014873403-8 y DIONICIA AGUSTINA MAMANI LAURA, cédula de identidad para extranjeros Nº 0014873427-5, ya individualizadas, como autoras del delito consumado de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en esta jurisdicción, el día 23 de agosto del año 2019, a sufrir cada uno la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su grado máximo Todo el tiempo que las imputadas han permanecido privado de libertad en virtud de esta causa, detenidas desde el día 23 de agosto del año 2019, más el tiempo que transcurra hasta la materialización de la expulsión, menos 120 días, correspondiente a la sustitución de multa impuesta. XXERXNZKLX Frederick Arturo Rocco Alvarado Juez de garantía Fecha: 20/02/2020 08:12:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Expulsión artículo del territorio nacional Artículo 34 Ley 18.216 10 años (Prohibición de reingresa

Texto Completo (Preview)

ACTA RESUMEN DE AUDIENCIA / ABREVIADO Fecha Iquique, diecinueve de febrero de dos mil veinte Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Magistrado FREDERICK ARTURO ROCO ALVARADO Fiscal PRISCILA SILVA ARANA Defensa ODILIA NUÑEZ PALMA Hora inicio: 09:38 Hora termino: 09:48 Acta GRH/MLD Sala: 3 RUC 1900907752-1 RIT 4497 – 2019 Delito Tráfico ilícito de drogas (Art. 3). NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCIÓN C

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