PARDO/SOC DE INVERSIONES ADINVESTMENT SOCIEDAD ANONIMA
Rol
M-3266-2019
Fecha
24 de julio de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don PABLO JOSE PARDO TOBIA, Rut 17.032.970-8, empleado, con domicilio en Pedro Riveros N°1663, Comuna de Quilicura, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 425, 446 y siguientes y demás pertinentes del Código del Trabajo, interpone demanda en procedimiento monitorio, en contra de su ex empleador SOCIEDAD DE INVERCIONES ADINVESTMENT S.A., cuyo nombre de fantasía es ADMARKETING S.A., representada legalmente doña YANIRA HEINE ADRIASOLA, Rut 12.058.000-0, ignora profesión, o por quien a la fecha de notificación de la demanda ejerza labores de administración conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliado en Roma N°1663, Comuna y Ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y, en contra de la empresa AD MOBEL SPA, Rut 76.908.764-8, representada legalmente don representada legalmente doña YANIRA HEINE ADRIASOLA, Rut 12.058.000-0, ignora profesión, o por quien a la fecha de notificación de la demanda ejerza labores de administración conforme al artículo 4o del Código del Trabajo, ambos domiciliado en Roma N°1663, Comuna y Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, como demandado solidario o subsidiario, en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone. En lo pertinente, indica que con fecha 2 de enero de 2019, ingresó a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia, para su ex empleador SOCIEDAD DE INVERCIONES ADINVESTMENT S.A., mediante la suscripción del contrato de trabajo respectivo, con duración indefinida, como asistente de proyectos para la empresa mandante AD MOBEL SPA. Su remuneración mensual era de $551.774.-, compuesta por los siguientes Ítems: sueldo base y gratificación. En cuanto al término de la relación laboral, expresa que con fecha 28 de junio del 2019 tomó la decisión y envió a la carta de despido indirecto, fundado en lo dispuesto en el artículo 171 en relación al incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato al empleador por no pagarle las cotizaciones previsionales por existir morosidad. Hace presente que se encuentra afiliado en AFP Habitat, Fonasa y AFC y no registra cotizaciones realizadas por su empleador durante el periodo trabajado. Previas consideraciones de derecho que se dan por reproducidas, solicita que,
Fallo
en mérito de lo expuesto y en conformidad a lo dispuesto en los artículos 2, 4, 7, 10, 45, 56, 63,73,159, 160, 161,162, 163,168, 172, 183A, 183B, 183C y siguientes, 432, 446, 454, 496 y siguientes del Código del Trabajo, artículos 1545, 1546, 1556 y 1566 del Código Civil y demás normas legales y reglamentos pertinentes, tener por interpuesta demanda en procedimiento monitorio por auto despido, nulidad del despido, despido injustificado e improcedente y cobro de prestaciones laborales adeudadas, en contra de su ex empleador don SOCIEDAD DE INVERCIONES ADINVESTMENT S.A., como demandado principal, y de la empresa AD MOBEL SPA, como demandado solidario o subsidiario, ambos ya individualizados, acogerla la demanda en todas sus partes, declarando en definitiva que su auto despido es justificado, nulo y condenando a la demandada al pago de las prestaciones laborales que señala; todo ello reajustado y con los intereses legales y con expresa condenación en costas. Procediendo a condenar a la demandada a las siguientes prestaciones laborales: 1. $551.774, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo por separación intempestiva de sus labores, o la suma que se estime conforme a derecho y los antecedentes que se proporcionen en autos; 2. $514.989, por concepto de 28 días del mes de junio de 2018, o la suma que se estime conforme a derecho y los antecedentes que se proporcionen en autos; 3. $163.721.- por concepto de feriado legal y proporcional, correspondiente a 7.25 días h
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don PABLO JOSE PARDO TOBIA, Rut 17.032.970-8, empleado, con domicilio en Pedro Riveros N°1663, Comuna de Quilicura, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 425, 446 y siguientes y demás pertinentes del
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