Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ JAIME ALEJANDRO SÁEZ RUBILAR

Rol

O-1368-2020

Fecha

11 de febrero de 2020

Materia

OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS OIDO Y TENIENDO PRESENTE: 1°, Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado contra Jaime Alejandro Sáez Rubilar, Cédula de Identidad 20.157.412-9, 23 años, nacido el 16 de Abril 1996, soltero, gruero, domiciliada en calle Curaco N° 095, Villa Los Ríos, Cunco, fundado en que el día 10 de febrero de 2020, alrededor de las 19,20 horas el imputado se trasladaba en vehículo junto a otro sujeto, y al ser controlado por Carabineros se negó a entregar su identidad, siendo llevado a la Segunda Comisaria de carabineros lugar en el entrego diversas identidades, toda falsas. El Ministerio Público señala que los hechos son constitutivos de la falta de ocultación de identidad y solicita se imponga la pena de multa de un tercio de Unidad tributaria mensual. 2°.- Que habiéndose llevado a efecto audiencia en procedimiento simplificado, el imputado admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. 3°.- Que los hechos contenidos en el requerimiento tipifican la falta de ocultación de identidad, establecida en el artículo 496 N° 5 del Código Penal, perpetrada por el imputado en calidad de autor. 4°.- Que la defensa solicita como única alegación que se de por cumplida la pena pecuniaria previa sustitución a reclusión, a lo que se hará lugar. EXGTXKTMHV Luz Monica Arancibia Mena Juez de garantía Fecha: 12/02/2020 10:09:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 5° Que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Que se impondrá la pena pecuniaria so

Fallo

Por estas consideraciones, y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 15, 30, 49, 50, 70, y 496 N° 5 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a Jaime Alejandro Sáez Rubilar, Cédula de Identidad 20.157.412-9, ya individualizado, en calidad de autor de la falta de ocultación de identidad, perpetrado en esta jurisdicción el 10 de Febrero 2020, a la pena de multa de un tercio de tributaria mensual, sin costas por no haber sido solicitado. II.- Que la multa impuesta se sustituirá por un día de reclusión y se dará por cumplida con el día 11 de Febrero 2020 oportunidad en la que se controló la legalidad de la detención del sentenciado en este Tribunal. Regístrese, dese copia y archívense estos antecedentes, en su oportunidad. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el Artículo 468 del Código Procesal Penal. R.U.C. 2000157958-5.- R.I.T. 1368-2020.- Resolvió doña LUZ MONICA ARANCIBIA MENA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Temuco.- EXGTXKTMHV Luz Monica Arancibia Mena Juez de garantía Fecha: 12/02/2020 10:09:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P

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SENTENCIA DEFINITIVA Temuco, once de Febrero de dos mil veinte.- VISTOS OIDO Y TENIENDO PRESENTE: 1°, Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado contra Jaime Alejandro Sáez Rubilar, Cédula de Identidad 20.157.412-9, 23 años, nacido el 16 de Abril 1996, soltero, gruero, domiciliada en calle Curaco N° 095, Villa Los Ríos, Cunco, fundado en que el día 10 de fe

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