LINDA JAZMINA ALCOTA PLAZA C/ MICHAEL ALEXANDER CÁCERES MIRANDA
Rol
O-1590-2019
Fecha
11 de febrero de 2020
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
vistos los antecedentes y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía el Ministerio Público formuló requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Michael Alexander Cáceres Miranda, chileno, cédula de identidad N° 16.452.685-2, nacido el 24 de mayo de 1987, soltero, minero, domiciliado en Leonidas Perez N° 1113, Condominio Alejandrina, Copiapó, por los siguientes hechos: “El día 19/01/2019, a las 15:00 horas aproximadamente, al interior del inmueble ubicado en pasaje Martínez de Rozas n° 6331, Tierras Blancas, Coquimbo, el imputado MICHAEL ALEXANDER CÁCERES MIRANDA, ya individualizado, agredió a la madre de sus dos hijos, la víctima LINDA JAZMINA ALCOTA PLAZA, propinándole golpes de puño en la cabeza y apretando sus muñecas, resultando esta con contusión en cara y rostro, lesiones de carácter leve.” En opinión del Ministerio Público los hechos descritos constituirían un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en artículo 399 del Código Penal en relación con el artículo 494 N° 5 del mismo texto legal y con el artículo 5° de la ley N° 20.066, en grado de consumado, por lo que se solicitó una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo más la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, con costas; y, en conformidad con el artículo 9°, letra b), de la ley N° 20.066, la prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier MDGCXKLMXP Walter Erik Pinats Aliaga Juez de garantía Fecha: 11/02/2020 20:03:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl otro lugar al que la víctima concurra o visite habitualmente. SEGUNDO: Que informado de sus derechos y advertido de las consecuencias legales de su decisión, según consta en la audiencia respectiva, el imputado no admitió su responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, por lo que, de acuerdo a la ley procesal penal, se procedió a la preparación y se citó a las partes para la audiencia de juicio simplificado la que se realizó, en definitiva, con fecha 06 de febrero de 2020. TERCERO: Que en la audiencia de juicio simplificado, celebrada con la presencia de todos los intervinientes, la fiscalía en su alegato de apertura indicó que probaría la participación del imputado en el hecho materia del requerimiento, como concreción del deber de los órganos del Estado de brindar protección a las víctimas de violencia intrafamiliar; y, el tipo penal que el imputado cometió. Agregó que la prueba consistiría en prueba
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 11, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 6, 7, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 30, 51, 399 y 494 N° 5, del Código Penal; y 5° de la ley N° 20.066, SE DECLARA: I.- Que se absuelve a Michael Alexander Cáceres Miranda, cédula de identidad N° 16.452.685-2, de los cargos formulados por el Ministerio Público materia de esta causa. II.- Que se exime a la fiscalía del pago de las costas. Anótese, regístrese en copia autorizada, y archívese en su oportunidad. RIT N° 1590-2019. RUC N° 1900078146-3. Sentencia dictada por don Walter Erik Piñats Aliaga, juez suplente del Juzgado de Garantía de Coquimbo. MDGCXKLMXP Walter Erik Pinats Aliaga Juez de garantía Fecha: 11/02/2020 20:03:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-02-11T20:03:28-0300 Corte Suprema Walter Erik Pinats Aliaga Verificación Legal
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Ministerio Público con Michael Alexander Cáceres Miranda. Delito: Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar. RUC N°: 1900078146-3. RIT N°: 1590-2019. Coquimbo, once de febrero de dos mil veinte. Oídos los intervinientes, vistos los antecedentes y considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía el Ministerio Público formuló requerimiento en procedimiento simplificad
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